La Municipalidad de Surco, al mando de Carlos Bruce, tomó drástica decisión tras conocerse que un limpiador de parabrisas asesinó a un conductor por negarse a aceptar dicho servicio. Desde el lunes 10 de abril está prohibido que limpiadores de lunas y lavadores de carros realicen esta actividad dentro de dicho distrito.
De acuerdo a la ordenanza municipal, los ciudadanos que realicen estas actividades recibirán una multa del 35% de una UIT, lo que equivale a S/1.732,50, y la infracción será calificada como grave. Además, se decomisará los implementos, tales como baldes, limpialunas, trapos, entre otros, que se usen para el mismo fin. ¿Se puede restringir este tipo de trabajos? Te contamos qué opina un experto en derecho laboral consultado por este medio.
El abogado laboralista Germán Lora señaló que, si bien se afecta el derecho del trabajo de los limpiaparabrisas y los lavadores de carros con esta disposición municipal, todo derecho tiene límites y ello es lo que se debe evaluar.
“Todo derecho tiene límites y, entonces, si el derecho al trabajo de estas personas se hace en contra del derecho a otras personas, a la paz, a la tranquilidad, que no le roben, etc., es válida la restricción. Ningún derecho es absoluto, entonces, ahí tienes que entrar a ver si es que el bien protegido, con la eliminación de estos señores, es mayor que el bien que se restringe, que es la libertad de trabajo”, precisó el especialista a La República.
Cabe precisar que, sobre este tema, el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Luis Alfonso Adrianzén, comentó que se requiere un análisis más serio.
“Nosotros, desde la perspectiva del Ministerio de Trabajo, tenemos que añadir el punto del contexto social y económico que viven muchos peruanos y peruanas, pero también migrantes que no obtienen un empleo decente, un empleo formal y tienen que ir a las calles para ‘recursearse’ a través de un oficio”, señaló en RPP.