De enero a junio del presente año se inscribieron 3.865 testamentos a nivel nacional, lo que evidenciaría el interés de los peruanos por planificar la distribución de sus bienes, informó la Sunarp. ,Durante el primer semestre de este año, 3.865 peruanos realizaron la inscripción de sus testamentos en el Registro de Personas Naturales, que refleja un incremento en 7,18% respecto a lo registrado en el mismo periodo del año pasado, informó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Estas cifras evidencian el creciente interés de los peruanos por planificar la distribución de sus bienes y hacer valer su última voluntad, evitando con ello futuros conflictos familiares entre los herederos. PUEDES VER Fonavi: Hoy inició pago para integrantes de lista N°15 Recuerda que la importancia de este documento es porque expresa la última voluntad del propietario de un bien mueble y/o inmueble, quien decidirá cómo ordenar y distribuir su patrimonio. La voluntad testamentaria, puede ser otorgada mediante testamento cerrado, testamento por escritura pública, testamento ológrafo o por testamentos especiales como el marítimo o el militar, los cuales se tienen que inscribir en los Registros Públicos con el fin de otorgarle legitimidad. ¿Cómo puedes registrarlo? Primero: Si se trata de un otorgamiento por escritura pública, se deberá presentar ante la Sunarp el parte notarial que contenga la fecha del otorgamiento del testamento, datos del testador, fojas del registro notarial donde corre extendido el nombre del notario y testigos con la constancia de su suscripción. Segundo: Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el solicitante (persona que realiza el trámite en la Sunarp). Tercero: Realizar el pago de la tasa registral en el mismo Sunarp de 20 soles. Cuarto: Se debe esperar un plazo de calificación de 48 horas, sin contar sábados, domingos ni feriados. Otras recomendaciones Según información de la Sunarp, de los diferentes tipos de documentos, el más recomendable es el testamento por escritura pública. Para ello, el otorgante debe ir acompañado de dos testigos (que no pueden ser familiares o beneficiarios) a la notaria de su preferencia a fin de expresar su última voluntad. En caso de tratarse de adultos mayores, es recomendable llevar un certificado médico de salud mental, pues, aunque el notario público da fe de la capacidad del testador, este documento adquiere importancia en caso se presentara una impugnación. En cuanto a los documentos que acrediten la propiedad de lo que se heredará, se recomienda presentar copia de la partida registral de todos estos.