¿Luego de haber culminado tu turno laboral, tu jefe te obliga a hacer horas extras? Muchas empleos en Perú tienen esta práctica. Algunos, incluso, no agregan un dinero extra al sueldo mensual de los empleados por el tiempo adicional que las personas le dedican a la compañía. En ese sentido, te contamos surge la duda de si la empresa en la que laboras puede obligarte a quedarte más horas de lo que corresponde a tu jornada de trabajo.
Según el artículo 25 de la Constitución Política del Perú, la jornada ordinaria laboral es de ocho horas diarias o 48 horas semanales, como máximo. Sin embargo, es sabido que en la práctica suele ser diferente, ya que muchos suelen hacer horas extras en sus centros de laborales, y no siempre lo hacen por iniciativa propia.
De acuerdo con el Manual de preguntas laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las horas extras o el trabajo a sobretiempo es voluntario "tanto en su otorgamiento (por el empleador) como en su realización (por el trabajador)".
En esa línea, y de acuerdo con el artículo 168 B del Código Penal, que una empresa obligue al trabajador a laborar más horas de su jornada de labor diaria podría significar trabajo forzoso, delito por el cual el empleador podría ir prisión, según precisa la norma.
Las horas extras deben ser realizadas de manera voluntaria, según la ley. Foto: Bizneo HR
"El que somete u obliga a otra persona, a través de cualquier medio o contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 6 ni mayor de 12 años y multa de 100 a 200 días-multa", detalla la ley. No obstante, en el Perú, hay ciertas circunstancias en las que se podría aceptar que el empleador obligue al trabajador quedarse a laborar más tiempo de lo establecido en su contrato.
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El referido manual del MTPE detalla, además, que solo será oligatorio hacer horas extras en "casos fortuitos o de fuerza mayor, que pongan en peligro a las personas, los bienes del centro de trabajo o la continuidad de la actividad productiva".
Vale indicar, además, que el sobretiempo deberá ser remunerado. El empleador tendrá pagar un recargo a convenir, el cual no podrá ser menor al 25% del monto por hora calculado con base en la remuneración mensual.
Las horas extras que realicen los trabajadores deben ser remuneradas. Foto: UGT
Las horas extra en Perú son voluntarias en Perú, según el MTPE. Esto aplica tanto en el otorgamiento como en su prestación. Es decir, el trabajador no puede obligar a su empleador para hacer sobretiempo ni tu jefe tiene el derecho a exigir que las hagas.