Muchas personas dan su departamento o vivienda en alquilar a fin de generar ingresos económicos. Para esto, las partes involucradas suelen establecer un contrato escrito. Sin embargo, en ocasiones, los propietarios deciden arrendar su inmueble mediante un acuerdo oral. La situación se agrava cuando los que rentan el lugar dejan de pagar el alquiler y se niegan a abandonar la casa. A continuación, te detallamos cómo actuar ante la presencia de un inquilino moroso si no hay de por medio un compromiso formal.
En diálogo con La República, Alan Pasco, abogado especialista en derecho inmobiliario, aclaró que el hecho de que no haya un contrato escrito formal no significa que no existe el mismo porque existen diferentes mecanismos que permiten verificar la existencia de un acuerdo de arrendamiento.
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El letrado explicó que lo primero que debe hacer el propietario del inmueble es probar judicialmente que existió un acuerdo de arrendamiento. "Eso lo podría acreditar con los pagos que le ha estado brindando el inquilino en algún momento (…). Aparte de eso, seguro que habrá constancia de las transferencias o recibos que daba el arrendatario, o algún chat de WhatsApp o correo en el que el inquilino le diga (al propietario) 'te estoy pagando tal monto'", explicó.
Alan Pasco agregó que estos documentos podrán acreditar que existió un contrato de arrendamiento. Así, se podría solicitar legalmente un desalojo. En caso de que no se pueda corroborar que hubo un contrato, el inquilino moroso podría ser catalogado como invasor u ocupante precario. "(En este caso) también procede el desalojo, pero (la causal) es distinta y el juez competente es otro", aclaró.
Luego de haber comprobado el contrato de arrendamiento, se puede solicitar judicialmente el desalojo del inquilino moroso. Foto: La República/Jorge Cerdán
El especialista en derecho inmobiliario señaló que los propietarios pueden solicitar judicialmente el desalojo del inquilino moroso, generalmente, ante un juez de paz letrado. Asimismo, en la actualidad, una sentencia, en primera instancia, para que se retire a las personas del inmueble, podría demorar entre ocho y diez meses. "Pero siempre existe una posibilidad de la apelación. Y resolver esto podría tomar otros ochos meses", agregó.
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El abogado detalló, además, que los propietarios tienen la posibilidad de exigir al inquilino pagar los meses de renta que deben. "Yo puedo acumular (…) a la solicitud de desalojo el pago de la renta. Si el juez me da la razón, se ordenará el desalojo y la entrega del monto (que adeuda)", precisó.
Además del desalojo, los propietarios pueden exigir judicialmente el pago de los meses de renta que los inquilinos adeudan. Foto: La República/Melissa Merino