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COVID-19: ¿qué pasa si una persona va a su trabajo sin tener las tres dosis?

Conoce cuáles son las sanciones que recibirán las empresas que permitan el ingreso de trabajadores que no tengan las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.

larepublica.pe
Las empresas que permitan el ingreso de personal que no cuenta con las tres dosis contra la COVID-19 serán sancionadas por Sunafil. Foto: Minsa

Con el objetivo de que el retorno a la presencialidad no signifique un incremento de los contagios por coronavirus dentro de los centros de labores, el 22 de abril del 2022, entró en vigencia la norma que sanciona, a través de la Sunafil, a las micro, pequeñas y grandes empresas que dispongan, exijan o permitan el ingreso de personal que no tenga las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.

Según lo estipulado en el Decreto Supremo n.° 004-2022-TR, publicado en el diario oficial El Peruano, califica como una infracción “muy grave” el que personas acudan a su centro de trabajo sin contar con las dosis de vacunación contra el coronavirus exigidas para al actividad laboral presencial.

En el caso de no cumplirse con lo establecido en la norma, Sufanil impondrá una multa de acuerdo al tipo de empresa, gravedad y número de trabajadores afectados.

¿Qué sucede si una persona acude a su centro de labores sin las tres dosis?

Si una empresa autoriza el ingreso de sus trabajadores, pese a que estos no cuentan con las tres dosis vacunación contra la COVID-19, será sancionada por Sufanil. A continuación, conoce a cuánto asciende la multa de acuerdo al tipo de empresa.

Microempresa: el monto de la sanción oscila entre 0.23 y 0.68 UIT, lo que genera una escala de S/ 1,058 a S/ 3,128 de multa.
Pequeñas empresas: las sanciones oscilan entre 0.77 y 7.65 UIT, lo que representan montos entre S/ 3,542 y S/ 35,190.
Empresas: las sanciones fluctúan entre 2.63 y 52.53 UIT, lo que se traduce a montos que van de los S/ 12,098 a los S/ 241,638. (No pymes y grandes empresas)

Si algún trabajador no cuenta con las tres dosis al momento de acudir a su centro de labores, el empleador tiene dos opciones, según ley. La primera, es disponer que la persona trabaje desde su domicilio, y la segunda, es pasarla, por disposición legal, a una suspensión sin goce de haberes. Esto último, solo se realizará en el caso de que las labores no sean compatibles con el trabajo remoto y si ambas partes están de acuerdo.

Foto: Poder Judicial

¿Cuál es el estado de la inmunización a nivel país?

De acuerdo al Repositorio Único Nacional de Información en Salud (Reunis) del Minsa, el 88,7% de la población objetivo, de cinco años a más, tiene una dosis de vacunación contra la COVID-19 y el 81,7%, dos dosis.

Mientras que el avance en cuanto a las terceras dosis, las cuales se aplican a toda persona mayor de 12 años, llega al 54,6%. Las regiones que todavía no superan el 40% de la población con tres dosis son Madre de Dios (27,6%), Puno (27,7%), Ayacucho (32,8%), Loreto (36,1%) y Amazonas (36,8%).