La llegada de la mitad de año en Colombia marca el abono de uno de los pagos más esperados. El abono de la prima, pago extra correspondiente a los trabajadores que realizan prestaciones sociales, tiene lugar a mitad y fin de año. ¿Pero hasta cuándo tienen plazo las empresas para depositar este monto y cuánto deberías recibir? En esta nota, conoce todo lo indispensable sobre este importante beneficio laboral.
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El Código del Trabajo de Colombia señala que todos los empleadores tienen como plazo máximo el 30 de junio para pagar la prima de servicios. Además, indica que las empresas tienen la obligación de realizar este pago y debe corresponder a 30 días de salario por año.
Los trabajadores que perciben un salario mínimo mensual deben recibir, como prima de servicios, la cantidad de 650.000 pesos durante el período vigente, hasta el 30 de junio de 2024. El monto restante debe ser consignado por la empresa en el último mes del año.
“El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados la prestación social denominada prima de servicios, que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos; así, la mitad máximo el 30 de junio, y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre”, indica el artículo 306 del Código del Trabajo.
El monto de la prima de servicios se calcula según el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo laborado, ya sea diario, semanal o quincenal. Esto implica que, si el empleado ha trabajado durante ambos semestres completos, recibirá el equivalente a 15 días de salario en dos ocasiones al año. El primer pago deberá ser abonado en junio y el segundo en diciembre.
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En caso de laborar menos de seis meses en la compañía, también se recibe este pago. En esta situación, se debe calcular el salario base multiplicado por los días laborados y luego dividir este resultado entre 360. Si el trabajador ha laborado menos días, el procedimiento se ajusta utilizando el número de jornadas completadas.
Según las cifras del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), en 2023 casi 23 millones de personas poseían un empleo formal. De todas ellas, solo 6.812.483 recibieron pago por concepto de prima de servicios. Para 2024, la entidad espera que más de seis millones de colombianos reciban esa prestación social a mitad de año.
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Los trabajadores que no reciben el pago de prima son aquellos que laboran bajo contratos por prestación de servicios, con un contrato de aprendizaje, con un salario integral y los que perciben más del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
Si el trabajador no recibe la prima de servicios en los plazos establecidos o no la recibe en absoluto, tiene la opción de acudir a un juez laboral para exigir su pago. Es responsabilidad del empleador garantizar este beneficio.