......... "E n Flor de la Frontera" han muerto campesinos y aguarunas. Han muerto también dos sistemas jurídicos, uno antes que el otro. El primero en fallecer fue el sistema jurídico oficial, el que supuestamente rige, aquel compuesto por normas positivas originadas con pautas y métodos formales. Cuenta con un aparato ñpagado por todos los ciudadanos, incluidos los aguarunañ para que funcione. ¿Por qué muere primero con toda su sofisticación a cuestas? Se mata por propia mano sin ser un suicidio. Sus asesinos provienen del interior mismo del sistema que deberían tutelar: funcionarios del Ministerio de Agricultura que otorgan "títulos" a usurpadores de tierras, entidades ñcomo el PETTñ haciéndose eco de negociados de terrenos, jueces que avalan actas de desalojos inexistentes aprovechando la buena voluntad aguaruna, policía estática, paralítica, insuficiente, complacienteÖ Sabemos que es un deceso reiterado ñconstante y cotidianoñ pero no inocente. Varios asentamientos vecinos confirman la repetición impávida de los hechos. Los jueces, la policía, los funcionarios estatales en un desfachatado abuso se beneficiaron de la pobreza y necesidad de los campesinos sin tierra. Finalmente, ¿por qué no usurparles las tierras de los aguaruna a sabiendas que estaban tituladas? ¿Cuándo un título de propiedad "comunal" frenó las ambiciones de los inescrupulosos? ¿Nos cuesta aceptar que en la historia peruana del "respeto" a propiedad indígena ninguna de sus variantes dependa del derecho? La segunda muerte es la del sistema jurídico aguaruna. Ese orden interno opera sobre la base de los linajes en la búsqueda de la restitución del equilibrio roto. Las familias, es decir, los lazos de parentesco, funcionan armónicamente para lograr tal resultado. En esas circunstancias, la violencia era detenida por la vigencia del sistema jurídico aguaruna actuando contra la manipulación perversa del sistema oficial. Precisamente el sistema jurídico aguaruna era y es la mejor garantía de orden en la localidad. De hecho, era imposible arrebato alguno porque el sistema aguaruna quería restituir el equilibrio. Ese sistema funcionó, mientras pudo, a pesar y contra el entramado de diversas corruptelas que manipulaban el sistema normativo oficial. Por esa razón los aguaruna hacen ñdesde hace añosñ el esfuerzo permanente por lograr que los usurpadores de tierras, que están cometiendo un delito en ambos sistemas jurídicos, abandonen pacíficamente el lugar. Ellos, los aguaruna, transitan el larguísimo camino de los tribunales, los memoriales, los viajes a Lima (la Defensoría del Pueblo conoce esas denuncias), el pago de traslados y las puertas en las narices. ¿Cómo es posible, entonces, que alguien diga que los hechos "demuestran toda la crueldad de la que podían ser capaces"? Los hechos sangrientos han ocurrido, efectivamente, por que tales actos escaparon al control de las normas aguarunas de restitución. Todos los acuerdos pacíficos para el desalojo fracasaron. La crisis ocupa el escenario, en el momento en que los dos sistemas resultan inoperantes, colapsados. La vigencia plena de la desesperación, la impericia, la anulación del derecho se cobija bajo los árboles. Es decir, la ausencia de esperanza en el derecho (del Estado y de los aguaruna) cede su paso al ánimo de la fuerza que se arropó de inicio en los invasores y sus promotores es, entonces, contagiada a los aguaruna. En buena cuenta, la perversión del sistema no se ubica tanto en las normas jurídicas como en sus mecanismos de operación menuda. Esos mecanismos que están en poder de los funcionarios estatales quienes ñen contra de toda norma y teoríañ tergiversan y deforman el derecho oficial hasta matarlo. Antiguamente se le llamaba "abuso del derecho". Hoy en día es tan frecuente esa condición cuando se trata de invadir tierras de pueblos (indígenas u originarios, o nativos) que se hace con total descaro e impunidad. Sincerar el derecho supondría decir que los indígenas no tienen derechos formales. Sus derechos están fuera de esa esfera, en su propia condición social de existencia, en su calidad intransferible de ser pueblos. Así, el sistema normativo aguaruna es empujado a un callejón sin salida: tenía que operar fuera de la genealogía y lograr un acuerdo de desalojo pacífico. Lo intentaron hasta el último minuto. Si los "operadores del derecho" ( sic ) hubieran respetado el sistema jurídico aguaruna, con tanta escrupulosidad como los aguaruna intentaron ñinfructuosamenteñ respetar el sistema jurídico estatal, todas estas muertes no hubieran sucedido . Tal es la tragedia de derecho inútil. Todavía en el Perú esperamos que el reino del Derecho sea el amanecer de todos los derechos. En especial, el de los indígenas a ser ñjurídicamente consideradosñ como PUEBLOS. Con un derecho propio que no proviene, se genera o se otorga, por gracia del Estado, sino por la propia condición histórica aguaruna. Un pueblo peruano que, como tantos otros, subsiste en la costa, sierra y selva desde antes de la República y a pesar de ella.