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Economía

Pensiones con información falsa no se suspenderán

Criterio. La sentencia del Tribunal Constitucional se da en respuesta a una demanda de amparo presentada por un ciudadano, pero con efecto vinculante para otros casos.

Peligro. Aunque la medida parece actuar en beneficio de los trabajadores, terminará por afectar las arcas públicas, advierten. Foto: difusión
Peligro. Aunque la medida parece actuar en beneficio de los trabajadores, terminará por afectar las arcas públicas, advierten. Foto: difusión

Hasta el 8 de febrero último, si la ONP detectaba información falsa como sustento para entregar una pensión, podía suspender esta entrega. Sin embargo, una polémica sentencia —que contraviene sentencias anteriores de esta misma instancia— abre las puertas para que todo aquel que justificó una pensión con documentación apócrifa la siga recibiendo.

La sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), el 9 de febrero del 2024, indica que se necesita una ley que habilite a la ONP a declarar la suspensión; por tanto, la ONP queda impedida de suspender pensiones, así hayan sido obtenidas de forma ilegal. Empero, la entidad afirmó que acatará de manera inmediata el fallo del TC.

La ONP explicó que cuando otorga pensiones, lo hace a partir de documentos presentados por los afiliados para justificar que sí aportaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Dichos documentos son asumidos como verdaderos por la ONP, en aplicación del principio de veracidad establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley n° 27444, los cuales sirven de base para poder otorgar la pensión solicitada.

Jorge Guillén, profesor asociado de ESAN, advirtió que esta sentencia mellaría no solo la sostenibilidad de la ONP, sino de las finanzas públicas en general.

Explicó que la sentencia abriría la puerta para que muchas personas tengan esa conducta (presentar información apócrifa), con el fin de obtener una pensión del Estado. “Es una medida que parece que trata de proteger (al afiliado), pero que va en contra de las finanzas públicas. A veces, el afiliado puede tener momentos en que no aportó o que la empresa lo registró mal, pero otra cosa es que una persona sin ninguna prueba busque una pensión”, señaló el experto.

Editor de la sección de Economía. Periodista de la Universidad de San Martín de Porres, con más de 15 años de experiencia, con especialización en temas minero energéticos. Dos veces ganador del concurso periodístico Ramón Remolina Serrano de la Cámara de Comercio de Lima. Cuenta con un Diplomado en Comunicación, Periodismo y Sociedad en la Universidad Esan.