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Sociedad

Lambayeque: advierten que exhumación de cadáveres COVID- 19 está prohibida

Ante la intervención de la Defensoría del Pueblo, la Geresa tomó acciones y exigió a los alcaldes que el traslado de los restos de los difuntos antes de un año del entierro es irregular conforme a la Ley de Cementerios.

Entierro
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Coronavirus en Perú | La Gerencia Regional de Salud (Geresa) advirtió a 22 alcaldes de la región Lambayeque, Sociedad de Beneficencia de los distritos de Chiclayo y Chongoyape, y a los representantes de los cementerios privados, que las exhumaciones o traslados de cadáveres están prohibidas antes de un año del entierro.

El presunto cobro de S/ 2.250 en el cementerio El Ángel de la ciudad de Chiclayo, a fin de brindar el servicio de traslado de un cadáver COVID-19 a otro camposanto y sin previa autorización sanitaria, conllevó a que la Defensoría del Pueblo intervenga al considerar que este hecho contraviene las disposiciones establecidas en la Ley N° 26298 de Cementerios y Servicios Funerarios.

Autorización sanitaria

Julio Hidalgo Reyes, jefe de la Oficina Defensorial de Lambayeque, solicitó a la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental (Desa) que fiscalice la administración de dicho camposanto para determinar responsabilidades.

En ese sentido, Hidalgo recalcó a La República que la exhumación es un servicio brindado por los cementerios, pero que a la fecha no existe un pronunciamiento oficial del Ministerio de Salud o una norma específica que regule el traslado de cadáveres por coronavirus.

“Son motivos por el cual es ilegal cobrar por un servicio que no se realiza y sin tener la autorización de la entidad sanitaria. A la fecha, ningún cadáver por COVID-19 en el Perú alcanza la mitad de los meses requeridos por ley para la exhumación”, explicó a La República.

Decisiones

Ante esta problemática, la Defensoría del Pueblo exigió a la Gerencia Regional de Salud se derive un informe de manera urgente a los alcaldes.

Asimismo, el gerente regional de Salud, Víctor Echeandía con el Oficio múltiple N° 121-2020 exigió a 22 burgomaestres y a otras autoridades cumplir con esta medida.

“Las disposiciones son claras. El procedimiento no debe realizarse antes de un año del entierro, salvo que haya sido embalsamado o lo solicite la autoridad judicial”, alertó Echeandía.

Periodista egresada de la Facultad de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Chiclayo (UDCH). Redactora de la sección Sociedad de La República y con interés en temas políticos.