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¿Cuánto dinero aportó López Aliaga a Renovación Popular para las elecciones?

El 19 de marzo fue la fecha límite para que las organizaciones políticas presenten sus reportes financieros de campaña ante la ONPE.

López Aliaga postula a la presidencial de la República con Renovación Popular. Foto: La República
López Aliaga postula a la presidencial de la República con Renovación Popular. Foto: La República

El último 19 de marzo fue el último día para que los partidos entreguen sus informes financieros de campaña electoral a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), la cual compartió los documentos en su página web para que cualquier ciudadanos pueda acceder a esa información.

Uno de los casos más llamativo fue el de Renovación Popular, organización que detalló como único aportante a su candidato a la presidencia de la República, Rafael López Aliaga.

El empresario contribuyó con S/ 557.258 para la campaña electoral del partido que encabeza y lo hizo a través de cuatro aportes durante los últimos meses de enero y febrero. Según se detalló en el reporte, S/ 174.059 se dispusieron para los gastos de propaganda electoral efectuados en medios de comunicación y S/ 383.198 para otros no especificados.

Sin embargo, el detalle de esto fue que el aporte realizado por López Aliaga excede al monto que una sola persona puede otorgarle a un partido político en un solo año, que es de 120 UIT, equivalente a S/528.000.

Él (Rafael López Aliaga) puede aportar a un partido hasta 120 UIT por cada año (...). Aparte puede aportarle a cada uno de sus candidatos al Congreso y Parlamento Andino. El tope es 50 UIT por aportes, pero le puede dar 50 UIT a cada uno, eso permite la ley”, explicó José Manuel Villalobos, director ejecutivo del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), en diálogo con La República.

Asimismo, en el artículo 30 de la Ley de Organizaciones Políticas también se detalla que las contribuciones de una persona natural o persona jurídica no debe superar este tope.

“Las cuotas y contribuciones en efectivo o en especie de cada aportante como persona natural o persona jurídica extranjera sin fines de lucro, incluido el uso de inmuebles, a título gratuito, que no superen las 120 Unidades Impositivas Tributarias al año, las mismas que deben constar en el recibo de aportación correspondiente”, se lee en el estatuto.

Rafael López Aliaga

López Aliaga fue le único aportantes de Renovación Popular según el reporte del partido. Foto: difusión

Posible sanción para el partido

Al haber este exceso en límite de los aportes, la ONPE podría imponerle una multa por infracción electoral al partido político.

La abogada y experta en temas políticos Ana Neyra aclaró que, en caso el organismo encuentre que no se cumpla con lo que dicta la ley electoral, puede imponerle una multa a Renovación Popular, pero no a López Aliaga, quien es el aportante.

Lo que dice la norma es una multa del partido. Si estas son infracciones a los candidatos o al partido, no sería una sanción al aportante, sino a la organización política o al candidato que recibe el aporte”, sostuvo.

Villalobos coincidió en este punto y manifestó que las multas o las sanciones son para el partido que recibe el aporte, en caso sea un aporte de fuente prohibida o, como en esta ocasión, por un aporte por encima de los topes establecidos.

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