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Economía

SMV aprobó lineamientos de funcionamiento del modelo de prevención

El documento incorporó contribuciones de organizaciones públicas y privadas recibidas durante las dos consultas ciudadanas realizadas en el 2019 y 2020.

El documento proporciona una lista referencial de acciones y ejemplos que podrían adoptarse en los cinco componentes mínimos del modelo de prevención. Foto: Gobierno del Perú
El documento proporciona una lista referencial de acciones y ejemplos que podrían adoptarse en los cinco componentes mínimos del modelo de prevención. Foto: Gobierno del Perú

Los miembros del directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) aprobaron los lineamientos que pretenden consolidar el marco legal aplicable sobre el desarrollo de los modelos de prevención, informó hoy, miércoles 31 de marzo, el ente regulador y supervisor del sector y de la Bolsa de Valores de Lima.

La resolución, publicada este miércoles 31 de marzo en El Peruano, bajo el nombre de “Lineamientos para la implementación y funcionamiento del modelo de prevención”, busca constituirse en un referente para las personas jurídicas que opten por aplicar un modelo de prevención y que busquen conocer el marco legal vigente sobre la responsabilidad administrativa de estas.

De acuerdo con la Ley 30424 y su reglamento, aquellas personas jurídicas que cuenten con un modelo de prevención implementado y en funcionamiento pueden eximirse de responsabilidad administrativa por la comisión de ciertos delitos detallados en la normativa, indicó la SMV.

El documento incorporó 28 contribuciones de organizaciones públicas y privadas que se recibieron durante las dos consultas ciudadanas realizadas en el 2019 y 2020, además de la evaluación de documentos y publicaciones relevantes en el ámbito nacional y en el extranjero, precisó.

Asimismo, el documento proporciona una lista referencial de acciones y ejemplos que podrían adoptarse en los cinco componentes mínimos del modelo de prevención (identificación, evaluación y mitigación de riesgos; encargado de prevención, implementación de procedimientos de denuncia, difusión y capacitación periódica del modelo de prevención; y evaluación y monitoreo continuo del modelo de prevención), por parte de las personas jurídicas, destacó.

Ello en consideración con su tamaño, naturaleza, actividad, características, zona geográfica donde realizan sus actividades, volumen y complejidad de sus operaciones, ámbito regulatorio, entre otros, sostuvo.

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