Economía

Conoce cómo fraccionar tu deuda tras presentar tu Declaración de Renta 2020

Sunat señaló que no se podrá solicitar una cuota de acogimiento cuando la deuda sea menor a 3 UIT.

Legal. Sunat solo puede cobrar interés dentro del plazo legal previsto para resolver reclamo. Foto: difusión
Legal. Sunat solo puede cobrar interés dentro del plazo legal previsto para resolver reclamo. Foto: difusión

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) señaló que aquellas personas naturales que tienen un importe por pagar, luego de presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020, pueden solicitar inmediatamente el fraccionamiento de esa deuda, mediante un trámite en línea.

Si no se presentase la solicitud de fraccionamiento en ese momento, podrán hacerlo luego de haber transcurrido cinco días hábiles, desde la fecha de presentación de la declaración, ingresando a Sunat Operaciones en Línea.

Al presentar la solicitud, el contribuyente tiene la opción de solicitar el aplazamiento de su deuda hasta por seis meses, el fraccionamiento hasta por 72 meses o el aplazamiento y fraccionamiento juntos, que no exceda a este periodo.

Sunat señaló que solo se pueden fraccionar o aplazar deudas a partir de los S/ 440 (10% de la UIT) y la cuota no puede ser menor de S/ 220 (5% de la UIT). La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual.

Esa alternativa también la tienen aquellas empresas que en el año 2020 tuvieron ingresos que no superaron los S/ 645.000 (150 UIT).

No se solicitará una cuota de acogimiento, cuando la deuda sea menor a 3 UITs y el número de cuotas sea hasta en 12 meses.

Noelina Meza, representante del Área de servicio al contribuyente de Sunat, señaló a La República que el contribuyente tiene a su servicio el formulario 709 de tipo virtual a través del portal de la entidad y que tendrá que verificar sus datos personales.

En el caso de las personas naturales, no será necesaria la presentación de garantías. En el de las empresas, se requerirán garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT.

Luego de seleccionar la cantidad de cuotas para cancelar la deuda tributaria y enviar la solicitud, esta será validada y notificada al contribuyente, en caso sea aprobada.

La vocera acotó que se estima que este año deben presentar la declaración unas 600.00 personas naturales, de las cuales más de 180.000 han presentado su pedido y 83.000 fueron personas jurídicas. Mientras que 700.000 empresas harán lo propio, de las cuales 250.000 tendrán una devolución. Aquellos que no tienen la opción de acogerse al fraccionamiento.

En la anterior campaña de Renta Anual 2019, se presentaron un total de 52.000 solicitudes de fraccionamiento.

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