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Economía

Las empresas públicas que podrán aplicar licencia sin goce de haber

El Estado debería implementar mecanismos para no dejar desprotegidos a los empleados del sector público, según los expertos.

Puestos de trabajo. Trabajadores no solo esperan conservar empleos, sino también sus remuneraciones. El Ejecutivo dictó medidas para las empresas. Foto: Bryan Rubio
Puestos de trabajo. Trabajadores no solo esperan conservar empleos, sino también sus remuneraciones. El Ejecutivo dictó medidas para las empresas. Foto: Bryan Rubio

Por: Jair Sarmiento y Christian Alcalá

La suspensión perfecta de labores –o licencia sin goce de haber– fue oficializada por el Gobierno, y no solo alcanza al ámbito privado sino también al sector público, en caso las empresas pertenezcan al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe).

Al respecto, el economista Armando Mendoza señaló que la figura de la suspensión perfecta, al igual que en el caso del sector privado, es inaceptable para los trabajadores de las empresas del Estado, puesto que también existen obligaciones, derechos y beneficios que se deberían respetar en pleno estado de emergencia.

Asimismo, sostuvo que habrá entidades –del sector eléctrico y saneamiento (Sedapal)– que se verán impactadas respecto a su liquidez a raíz del fraccionamiento de los pagos de agua y luz, pero que a pesar de ello el Estado debería implementar mecanismos para no dejar desprotegidos a los empleados del sector público.

En tal sentido, según el experto, se puede posponer el pago de sus haberes en los próximos meses, así como reconocerle algún bono, o también compensándolos el siguiente año, pero que no debería aplicarse la suspensión perfecta de labores, ya que se debe garantizar los ingresos.

“En otros países que tienen una situación fiscal mucho más comprometida que el Perú se han decretado recortes generales en los ingresos de los trabajadores públicos. Espero que no lleguemos a eso, pero esta medida que alcanza a las empresas del Fonafe es preocupante y establece un precedente incorrecto”, apuntó Mendoza.

Asimismo, sobre la incertidumbre de los trabajadores que se encuentren bajo Contratos Administrativos de Servicios (CAS), la laboralista Sara Campos sostuvo que esta medida no les afectaría.

“El régimen CAS es un régimen distinto, ya que no es considerado como trabajador dependiente del que rige el 728, para el que está dirigido la norma. En el sector público existen tres regímenes: el 276, el CAS y el 728”, acotó Campos.

Las que continuarían

El economista Pedro Francke señaló en Sigrid.tv que las empresas más grandes del Fonafe van a tener que seguir operando porque brindan servicios esenciales.

Por ende, entidades como Sedapal y Essalud podrían estar incluidas en esta legislación, pero al ser empresas que manejen servicios básicos como agua y salud no tendrían que parar.

Suspensión perfecta: las dos caras de la moneda

- Durante este periodo de emergencia, el Grupo L’Oréal indicó, mediante un comunicado, que se preservarían todos los puestos de trabajo de los empleados de la organización, y garantizaría el pago del 100% del salario, incluidos aquellos que no puedan cumplir con sus responsabilidades debido a la cuarentena.

- Por el contrario, el Grupo Celima-Trebol sostuvo que, debido a la extensión de la crisis epidemiológica y sus efectos en su industria y comercios, se acogerían a la suspensión perfecta de labores, por lo que una mayor parte de sus ‘colaboradores’ no prestará servicios y por tanto tampoco remuneraciones.

empresas públicas del ámbito de fonafe

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