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Economía

Sunafil recuerda qué trabajadores pueden movilizarse pese a aislamiento

La entidad reiteró que estas medidas buscan proteger eficientemente la vida y salud de la población.

Foto: Difusión.
Foto: Difusión.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó a los empleadores que mientras dure el Estado de Emergencia Nacional se encontrarán restringidos el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y libre tránsito en el territorio nacional.

Las únicas personas que podrán prestar servicios serán aquellas cuya prestación laboral, profesional o empresarial sea necesaria para garantizar la prestación de servicios esenciales, tales como, abastecimiento de alimentos, medicinas, servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios.

Asimismo, se deberá garantizar la adecuada prestación y acceso a los servicios y bienes esenciales.

Finalmente, Sunafil reiteró que estas medidas excepcionales buscan proteger eficientemente la vida y la salud de la población, con el fin de reducir la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, siendo necesario su compromiso en aras de la protección de sus trabajadores y de la población en general.

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