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Economía

Ejecutivo prorroga incentivos tributarios para fondos de inversión en inmuebles

Asimismo, también se ha prorrogado el beneficio del diferimiento del Impuesto de Alcabala que grava los aportes de inmuebles al Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios (FIRBI).

El Bono de Arrendamiento de Viviendas busca fomentar el ahorro en las parejas jóvenes de bajos recursos. Foto: Difusión
El Bono de Arrendamiento de Viviendas busca fomentar el ahorro en las parejas jóvenes de bajos recursos. Foto: Difusión

El Poder Ejecutivo decidió, mediante la publicación del Decreto de Urgencia N° 009-2019, extender la vigencia de los incentivos tributarios para promover los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios (FIRBI) hasta el 31 de diciembre de 2022.

Víctor Valdez, especialista del área tributaria del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, explica que “a través de esta medida, que modifica el Decreto Legislativo de N° 1188, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) busca impulsar el uso de este instrumento financiero y la profundización del mercado de capitales en el país”.

Es así que este decreto extiende hasta el último día del 2022, el beneficio del diferimiento del Impuesto a la Renta (IR) que grava los aportes de inmuebles al FIRBI y la aplicación de la tasa definitiva de retención del 5% sobre rentas atribuidas por arrendamientos a personas naturales domiciliadas o no en el país.

Asimismo, también se ha prorrogado el beneficio del diferimiento del Impuesto de Alcabala que grava los aportes de inmuebles al FIRBI.

“Es importante resaltar que no se han aprobado variaciones a la regulación tributaria de los FIRBI, en referencia a los requisitos para acceder a los beneficios, ni a las oportunidades en las que se hacen exigibles los impuestos diferidos por los aportes, los cuales se mantienen sujetos a la normativa que venía siendo aplicable hasta el ejercicio en curso”, señala.

En adición, Valdez señala que «la norma establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publique en su portal web la información sobre los beneficios tributarios aplicables a los FIRBI tales como el porcentaje de participación en la retención definitiva de 5 % y el número de partícipes que aplican los beneficios tributarios.

A esta lista se suma el nivel de concentración de los contribuyentes según las retenciones totales efectuadas aplicando la tasa de 5 % y el monto total de retenciones efectuadas con la tasa de 5 %.

“Esta medida se complementará con un Decreto Supremo que establecerá, en un plazo no mayor de 60 días calendario, las disposiciones necesarias para su ejecución”, indica.

Finalmente, es importante resaltar que la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), asegura que, al cierre de junio de 2019, la industria en el país cuenta con 6 FIRBI inscritos en el Registro Público de Mercado de Valores (4 de ellas en su etapa operativa), 120 millones de dólares colocados (5 veces más que el monto administrado hace tres años) y 720 partícipes (siendo el 98% personas naturales).

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