Audio revela que Benavides tiene 'topo' en Eficcop
Precio del dólar HOY, viernes 10 de mayo
Economía

Bono de alimentos no reemplaza remuneración

Laboral. En el programa RTV Economía, especialistas informaron que solo el 10% de empresas en el país entregan tarjetas de prestación alimentaria a sus trabajadores.

Omar Stein y Juan Carlos Gallegos
Omar Stein y Juan Carlos Gallegos

Omar Stein

Gerente de Merchants & S. Público en Edenred

La penetración de la prestación alimenticia o bono de alimentos es muy baja en el país, menos del 10% de las empresas lo brindan pese a que tenemos una de las leyes más flexibles de la región que la incentiva (Ley 28051). De este grupo, la mayoría son grandes y medianas empresas.

Implementar un sistema de tarjetas de alimentación en la empresa tiene beneficios tributarios para el empleador, pues no se consideran conceptos remunerativos y no son computables, por lo que se tiene ahorros en cargas laborales.

Por ejemplo, si una empresa del sector de servicios tiene una carga laboral que está por encima del 51%, con las prestaciones de alimentos puede ahorrar, y así trasladar 20% más al trabajador.

Este beneficio está exento de toda la parte tributaria de cara al empleador, pero de cara al trabajador, está afecto al impuesto de la quinta categoría.

Lo que no es legal es que se descuente al trabajador para entregarle un vale. Por ejemplo, si gana S/ 2.000 al mes no se le puede reducir S/ 300 para entregárselo en una tarjeta. Esto (el bono de alimentos) no reemplaza la remuneración básica que ha sido pactada entre el trabajador y el empleador, a menos que haya terminado su contrato y se le vuelve a emplear con nuevas condiciones.

Juan Carlos Gallegos

Vocero de Sodexo Beneficios e Incentivos.

El monto máximo por prestaciones de alimentos es equivalente al 20% de la remuneración del trabajador, con tope de dos remuneraciones mínimas vitales al mes (S/1.860). La entrega de dicho bono puede ser al mes o bimestral, depende del empleador, incluso puede sustituir una asignación familiar.

Cabe indicar que las tarjetas permiten realizar la compra de alimentos crudos como cocidos, es decir, puede usarse en restaurantes y puede transferirse a otra persona de la familia.

Dicha prestación puede alcanzar no solo a trabajadores del sector privado, sino también al público, aunque dependerá de la entidad, y lo pueden hacer a través de licitaciones públicas.

Cabe indicar que el uso de la tarjeta tiene un tiempo prolongado, y el dinero que esté depositado ahí puede usarse en cualquier momento. No hay límite para consumirlo.

Además, si bien la ley contempla que el bono sea solo para alimentos, la norma también contempla otros conceptos no remunerativos que pueden ser usados para otros fines, hasta un tope de dos veces en un semestre.

Para la campaña navideña, las tarjetas de alimentación son una opción, pues las empresas podrían ahorrarse los costos logísticos y administrativos que supone la compra de canastas.

Los artículos firmados por La República son redactados por nuestro equipo de periodistas. Estas publicaciones son revisadas por nuestros editores para asegurar que cada contenido cumpla con nuestra línea editorial y sea relevante para nuestras audiencias.