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Soras y la obligatoriedad del control de convencionalidad, por Julissa Mantilla

La aplicación del control de convencionalidad no solo es obligatoria, sino que nos protege contra la impunidad

Lum
Soras

A fines de 1983, la población de Soras, en Ayacucho, se organizó para enfrentar los ataques de Sendero Luminoso (SL) e impedir su control sobre el distrito. En represalia, en julio de 1984, SL organizó un cruel ataque que dejó como saldo más de cien personas asesinadas. Para ello, los senderistas se disfrazaron de policías y militares, asaltaron un bus de la empresa Cabanino e iniciaron lo que se ha conocido como “la caravana de la muerte”. Primero, asesinaron a los soreños que identificaron en el bus y luego recorrieron las diversas localidades ejecutando pobladores hasta llegar a Soras. Allí, reunieron en la plaza a la población, a la que torturaron y asesinaron sin piedad.

Este caso está siendo judicializado y el proceso incluye a los reos en cárcel Elena Iparraguirre Revoredo, Óscar Ramírez Durand, Laura Zambrano Padilla, Osmán Morote Barrionuevo y Margot Liendo Gil; como reo ausente, a Víctor Quispe Palomino; y como reo libre, a Casiano Tomateo Espinoza.

Ahora bien, al amparo de la Ley 32107, que establece la prescripción de los crímenes de lesa humanidad anteriores al 1 de julio de 2002, la defensa de los senderistas solicitó que se declararan prescritos los delitos.

Sin embargo, la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora desestimó el pedido, aplicando el control de convencionalidad al considerar que dicha ley es incompatible con la Constitución y los tratados internacionales. Asimismo, se señaló que debía prevalecer lo establecido por la Corte Interamericana en los casos Barrios Altos y La Cantuta; es decir, que las normas internas que generen impunidad carecen de efectos jurídicos y que priman las obligaciones internacionales del Estado.

En este sentido, y tal como he afirmado en columnas previas, la aplicación del control de convencionalidad no solo es obligatoria, sino que nos protege contra la impunidad que leyes como la 32107 garantizan y que, en este caso, permitirían la liberación de los subversivos que tanto daño causaron al país.

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