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Elecciones

Elecciones 2022: ONPE dispone protocolo que garantiza voto de personas trans y no-binarias

El organismo electoral ha incluido nuevas directrices para evitar casos de discriminación hacia la población trans y no-binaria. Conoce AQUÍ los detalles de dicho documento.

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Mujeres trans exigen acción de las autoridades ante asesinatos de trabajadoras sexuales por mafias de proxenetas. Foto: Raúl Eugúsquiza / URPI - LR

A menos de un mes para las elecciones regionales y municipales del 2 de octubre, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) actualizó el protocolo que garantiza el derecho al voto de las personas trans y no-binarias.

Este documento se encuentra en la Resolución Jefatural N.º 003001-2022-JN/ONPE, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, y reemplaza la versión anterior aprobada el 4 de mayo, la cual no incluía a la población no-binaria.

¿Cómo se debe atender a las personas trans y no-binarias durante el sufragio?

Los miembros de mesa deberán tener en cuenta que la apariencia física de una persona trans o no-binaria puede ser distinta de los datos que figuran en su DNI o en la lista de electores (foto, nombre o sexo). En ningún caso ello será motivo para impedir su derecho al voto o desempeñarse como miembro de mesa o personal de la ONPE.

Si el primer o segundo nombre del DNI no corresponde con la apariencia del elector, deben evitar leerlo en voz alta y solo usar el apellido. Asimismo, no se harán preguntas, comentarios o críticas sobre la manera de vestir, el peinado, el uso de cosméticos, la forma de hablar, entre otros aspectos personales.

También se encuentra prohibido tomar fotografías al DNI, a la lista de electores o a las personas mismas. Si existiera alguna duda sobre la identidad de la persona, solo podrá ser verificada consultando el número de DNI, la fecha de nacimiento y la dirección que se consigna en el documento de identidad físico. No se harán preguntas adicionales.

Cabe resaltar que en el caso de que un personero o personera decida impugnar la identidad de una persona trans o no-binaria por presunción de no correspondencia entre la apariencia física y la información de su DNI, ello no impedirá que se realice el voto.

¿Qué hacer si soy víctima de discriminación?

En caso de que una persona trans o no-binaria se sienta discriminada al momento de votar, podrá solicitar al personal de la ONPE un ejemplar impreso del “Formato de quejas vinculadas con la ciudadanía trans y de género no-binario”. Luego de llenar todos los datos solicitados, se lo entregará a quien le facilitó el documento para que este llegue finalmente a la coordinadora o coordinador de local de votación.

Onpe

¿Qué es la identidad de género?

Según la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la identidad de género es la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la experimenta, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer.

Esta experiencia personal podría involucrar la modificación corporal a través de técnicas médicas, quirúrgicas o de otra índole (siempre que esta haya sido libremente escogida) y otras expresiones como la vestimenta, el modo de hablar y los modales.

Por otro lado, la misma organización define a la orientación sexual como un concepto independiente del sexo biológico o de la identidad de género, ya que esta se refiere a la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y sexual por personas de un género diferente al suyo, de su mismo género o de más de un género.