Luego de que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declarara infundadas las primeras 10 apelaciones de pedidos de nulidad de Fuerza Popular, el magistrado Luis Arce Córdova emitió este miércoles 23 de junio su renuncia “irrevocable” al Pleno de la institución.
Por medio de una carta dirigida al presidente del organismo electoral, Jorge Luis Salas Arenas, y a los demás integrantes: Jorge Rodríguez Vélez y Jovián Sanjinez Salazar, el fiscal supremo, investigado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, solicitó su declinación al cargo en nombre del Ministerio Público a pesar de que actualmente la ley no le permite dejar el cargo.
De acuerdo a la solicitud de Arce, su renuncia se da “con el fin de evitar que la representación que ejerce y sus votos en minoría sean utilizados para convalidar falsas deliberaciones constitucionales que son en realidad decisiones con clara parcialización política en el Jurado Nacional de Elecciones que hasta hoy he tenido el honor de integrar de manera honesta”.
“Las denuncias por un supuesto fraude, así como la falta de transparencia y ausencia de disposición por parte de Jorge Salas Arenas para hallar la verdad electoral evidencian cuestionables intenciones de decidir el destino de nuestra nación sobreponiendo los formalismos sobre la justicia y la verdad electoral, vulnerando los derechos fundamentales de los ciudadanos peruanos”, señala la misiva.
Según lo explicado por el magistrado, “no es casualidad” que se hayan elegido a las autoridades del JNE, de la ONPE, del Poder Judicial y a los siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) durante el gobierno del expresidente Martín Vizcarra.
Asimismo, el investigado fiscal acusa a la titular del Ministerio Público, Zoraida Ávalos, de “omitir sus funciones de persecutora de los delitos electorales que públicamente se vienen denunciando en el presente proceso electoral y que, a pesar de ello, el jefe de la ONPE afirme que el proceso electoral se ha realizado limpia y transparentemente”. Esto, luego de pedirle que llame a un suplente para que lo reemplace.
“Soy consciente que con la publicación de esta declinación seré blanco de ataques de este grupo orquestado, seré perseguido política y judicialmente y continuarán inmotivadamente vinculándome con la organización criminal de Los Cuellos Blancos, pero jamás encontrarán un solo acto de corrupción que me vincule ni desbalance patrimonial alguno”, añadió.
Luis Arce Córdova, vinculado a César Hinostroza por audios con el exjuez. Foto: Michael Ramón.
Es importante mencionar que el Ministerio Público inició dos investigaciones preliminares contra Luis Arce Córdova, según pudo conocer La República.
De acuerdo a la carpeta fiscal, a la que accedió este diario, los delitos que habría cometido son tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.
Por otro lado, de acuerdo a la resolución nº 041-2020-MP-FN-JFS publicada en el diario El Peruano en julio del año pasado, en caso de que Luis Arce consiga su salida del JNE, se designaría como su primer suplente a Víctor Raúl Rodríguez Monteza, investigado por el caso Los Cuellos Blancos del Puerto y quien sería la persona que filtró los audios de César Hinostroza, Walter Ríos, entre otros integrantes de organización criminal.
El experto en temas electorales Jorge Jáuregui explicó, durante una entrevista en canal N, que la renuncia de Luis Arce Córdova al JNE “no tendría efecto jurídico”.
“La renuncia no tiene efecto jurídico. Hay una ley que lo prohíbe. El cargo es irrenunciable durante el proceso electoral. Ciertamente se requiere un quórum de cuatro miembros para que haya sesiones. Esto no tiene efecto jurídico. La actualización del presidente del JNE ha sido absolutamente constitucional”, explicó el abogado
De igual manera, sostuvo que a pesar de que haya representado una minoría discordante durante la sesión del pleno del JNE contra los otros tres miembros, esto no sería sustento alguno para dimitir del cargo.
“La ley no permite hacerlo. Estamos viendo (de su parte) solo voluntades. No es posible una renuncia solo porque haya habido una votación en minoría. Él no puede renunciar”, precisó.
Del mismo modo, la ley n° 26486, de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) refiere en su artículo 16 que “el cargo de miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones es irrenunciable durante los procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares”.
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