La oficina de la Defensoría del Pueblo recordó a las autoridades de Lima Metropolitana que deben cumplir el Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ente que fiscaliza los comicios de este año.
De acuerdo con el artículo 16 del mencionado reglamento, “ninguna entidad o dependencia pública podrá difundir publicidad estatal durante el periodo electoral. Se excluye de esta prohibición a los organismos del Sistema Electoral”. Solo se podrá hacer por razones de impostergable necesidad o de utilidad pública, previa autorización del JNE.
Alberto Huerta, jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima, explica que durante el periodo electoral está prohibido difundir publicidad estatal por radio o televisión, o aquella publicidad que contenga el nombre, imagen, voz, cargo o cualquier otra señal que identifique a algún funcionario público.
De igual forma, señala que, si los Gobiernos regionales incurren en estas acciones prohibidas, los electores pueden reportarlas a los jurados electorales especiales de cada circunscripción. Ellos determinarán si se cometió una falta o no.
El objetivo de esta norma, indica la Defensoría del Pueblo, es que se “pueda garantizar el derecho de la ciudadanía de elegir a sus representantes libremente”.
Este organismo constitucional también pidió a las personas que, si detectan alguna infracción, se comuniquen con ellos y denuncien la posible falta.
Por su parte, el Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral (PEE) exhortó a los candidatos que pasaron a la segunda vuelta, Pedro Castillo y Keiko Fujimori, a que respeten y cumplan los protocolos de seguridad contra la COVID-19, con el objetivo de evitar que el número de casos positivos siga subiendo.
El colegiado también les pidió a los ciudadanos estar vigilantes con respecto al cumplimiento de las medidas sanitarias por parte de los aspirantes al sillón presidencial.
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