
La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de La República aprobó por unanimidad el último miércoles 15 de mayo el dictamen que busca otorgar beneficios laborales a las personas que brindan atenciones a sus familiares en situación de dependencia.
Dicha propuesta agrupa los proyectos de ley 4705/2022-CR y 5308/2022-CR, cuyos autores son los congresistas Pedro Martínez y Hilda Portero, respectivamente. Además del reconocimiento a los cuidadores por su labor en el ámbito familiar, se propone que ellos reciban apoyo del Estado en materia de salud, vivienda y seguridad social, entre otros.
Por unanimidad, la Comisión de Mujer y Familia aprobó el dictamen que busca reconocer a aquellas personas que brindan atenciones a familiares dependientes y les otorga beneficios. Dicha decisión fue convalidada por los legisladores que se reunieron en la sesión extraordinaria del último miércoles 15 de mayo.
Según consigna la propuesta legislativa que agrupa los proyectos de dos parlamentarios de Acción Popular, su objetivo es beneficiar a aquellos que se encargan de ayudar o asistir en actividades o necesidades básicas como alimentación, salud, vestimenta, educación, recreación y otras, a personas de la familia que no pueden satisfacerse por sí mismos.
Para ello, se dispone la creación de un registro nacional de personas que brindan atención dentro del entorno familiar, el cual estará a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Además, se plantean los siguientes beneficios para los cuidadores:
El dictamen aprobado por la Comisión de la Mujer y Familia, que busca otorgar beneficios laborales a aquellas personas que brindan atenciones a sus familiares en situación de dependencia, quedó listo para ser debatido en el Pleno del Congreso. Sin embargo, restan una serie de procedimientos previos para que sea derivado a esta instancia.
Este grupo de trabajo no es el único facultado para dictaminar. Los proyectos de ley 4705/2022-CR y 5308/2022-CR fueron derivados también a la Comisión de Constitución y Reglamento que deberá abordarlo y aprobarlo en su próxima sesión ordinaria. Una vez que ambos dictámenes estén listos, el Consejo Directivo será el encargado de definir si estas iniciativas de ley se tratarán como orden del día del próximo Pleno.
De igual forma, el artículo 78 del reglamento del Congreso precisa que "no se puede debatir ningún dictamen que no haya sido publicado en el portal del Congreso, por lo menos, siete días calendario antes de su discusión en el Pleno, salvo dispensa de uno de estos requisitos aprobada en la Junta de Portavoces".
En ese sentido, la propuesta legislativa requiere de una mayoría simple para ser aprobada en el Pleno del Congreso y luego de ello, la autógrafa de ley podrá ser remitida al Poder Ejecutivo, que podría observarla o autorizar su publicación el diario El Peruano.

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