La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó el cronograma 2024 para que los ciudadanos cumplan con presentar su declaración jurada anual del impuesto a la renta (IR) y del impuesto a las transacciones financieras (ITF) que corresponde al periodo 2023.
En ese sentido, la Resolución de Superintendencia n.º 000269-2023/Sunat establece que el periodo de presentación abarca desde el 26 de marzo hasta el 11 de abril del presente año, según el último dígito del RUC de cada contribuyente. Recordemos que, con el incremento del valor de la UIT para este 2024, los trabajadores independientes con ingresos por debajo de los S/3.755 mensuales no estarán sujetos a realizar pagos a cuenta del impuesto a la renta.
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Las fechas de vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada anual y el pago del impuesto a la renta, así como el ITF, varían de acuerdo con los contribuyentes. En el caso de las personas naturales, así como las micro y pequeñas empresas (mype) del Régimen General del Impuesto a la Renta y del Régimen MYPE Tributaria que están comprendidas en la Ley n.° 31940, tienen el siguiente calendario conforme al último dígito del RUC:
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
0 | 27 de mayo de 2024 |
1 | 28 de mayo de 2024 |
2 | 29 de mayo de 2024 |
3 | 30 de mayo de 2024 |
4 | 31 de mayo de 2024 |
5 | 3 de junio de 2024 |
6 | 4 de junio de 2024 |
7 | 5 de junio de 2024 |
8 | 6 de junio de 2024 |
9 | 10 de junio de 2024 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 11 de junio de 2024 |
Por su parte, los contribuyentes que no se encuentran en dichas categorías deben prestar atención a las siguientes fechas:
Último dígito del RUC y otros | Fecha de vencimiento |
0 | 26 de marzo de 2024 |
1 | 27 de marzo de 2024 |
2 | 1 de abril de 2024 |
3 | 2 de abril de 2024 |
4 | 3 de abril de 2024 |
5 | 4 de abril de 2024 |
6 | 5 de abril de 2024 |
7 | 8 de abril de 2024 |
8 | 9 de abril de 2024 |
9 | 10 de abril de 2024 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 11 de abril de 2024 |
De igual forma, las personas naturales podrán acceder al Formulario Virtual n.° 709 desde el 12 de febrero de 2024 en la web y app de Sunat. En esta fecha, ellos podrán adelantarse a los vencimientos y presentar sus declaraciones juradas.
Las siguientes personas naturales están obligadas a presentar la declaración de renta 2023:
También están obligadas a presentar esta declaración de renta 2023 las siguientes empresas o entidades:
Si quieres solicitar la suspensión de retenciones de cuarta categoría a través de medios virtuales, sigue estos pasos: