El Seguro Integral de Salud (SIS) es un organismo público al servicio de todos los ciudadanos dentro del Perú. El SIS otorga a todos sus afiliados atención y medicamentos gratuitos o a un costo módico. Igualmente, la aseguradora otorga una Prestación Económica de Sepelio para los usuarios de cualquiera de sus tipos de planes.
El reembolso económico que otorga el SIS varía de acuerdo a la edad del asegurado fallecido, siendo el monto máximo S/1.000. Para poder cobrar con seguridad el abono existe un requisito indispensable que cumplir. Te contamos cuál es.
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El reembolso por gastos de sepelio que otorga el Seguro Integral de Salud cuenta con requisito indispensable, que la solicitud para el cobro del abono económico sea hecho antes de los dos meses desde el deceso del asegurado. Es decir, que si es que ya pasaron más de 60 días desde el registro del acta de defunción emitida por el RENIEC no se ha presentado solicitud alguna, no existe derecho a reclamo de parte de los acreditados.
Cabe resaltar que aquellos que pueden presentar la solicitud son aquellas personas que hayan sido designadas para recibir este beneficio durante la afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS). Así como los familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad. La madre o el padre del recién nacido fallecido o natimuerto, y de forma excepcional la persona que sustente haber realizado gastos de sepelio.
El plazo para recoger el subsidio de SIS es de 90 días. Foto: composición LR/La República
La documentación que deberá ser presentar oportunamente de la Press a la Ipress pública será la siguiente: