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¿Los colegios pueden exigir la lista completa de útiles desde el primer día de clases?

La lista de útiles suele ser una preocupación constante de los padres de familia al inicio del año escolar.

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Conoce qué dispone el Indecopi para los establecimientos educativos. Foto: archivo La República. | Archivo La República

A tan solo un mes del inicio del año escolar 2023, miles de familias empiezan a preparar todo para el retorno a clases. En ese contexto, una preocupación constante de los padres de familia es la lista de útiles escolares. Muchos piensan que esta debe ser entregada de manera completa durante los primeros días de clases, pero ¿realmente los colegios pueden exigirla? El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) brindó información sobre esta situación y a continuación te contamos qué dispone la entidad.

¿Se puede exigir la lista de útiles desde el primer día de clases?

El Indecopi indica que los colegios no pueden exigir todos los materiales educativos o útiles escolares en el primer día de clases. Estos, en cambio, deberán ser enviados según sean necesitados para el desarrollo de las clases. Asimismo, el Reglamento Interno de la institución educativa debe contener información sobre el plazo para su entrega gradual, el cual no puede ser menor a treinta días calendario posterior a la fecha de inicio de clases.

La entidad añade que en dicha lista de útiles no se podrán contemplar otros materiales que no respondan a las necesidades de aprendizaje de los estudiantes, como útiles de aseo personal para el aula o materiales de utilidad para los docentes como plumones o tizas.

¿El colegio puede pedir una marca específica de útiles en la lista?

Por otro lado, el Indecopi recordó que el colegio tampoco puede obligar a los usuarios a adquirir materiales o útiles escolares de marcas específicas o en establecimientos señalados con exclusividad por el colegio.