Los trabajadores en planilla, que laboran un mínimo de cuatro horas diarias, reciben la Compensación por el Tiempo de Servicios (CTS). Este beneficio es depositado dos veces al año (mayo y noviembre) por la empresa en una cuenta CTS. En ese sentido, te presentamos la lista de bancos, cajas y financieras que más pagan por ahorrar tu dinero.
Cabe señalar que el monto de la CTS a depositar varía según el régimen laboral de la empresa, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), la Financiera Proempresa tiene la Tasa de Rendimiento Efectivo Anual (TREA) más alta, con un 6.9% si el depósito de CTS es en soles.
A esta entidad le sigue la Caja Metropolitana de Lima (6.3%), la Financiera Credinka (6.25%), la Financiera Qapaq (6%), la Financiera OH (6%), la Caja Raíz (6%), la Caja Cencosud (6%), la Caja Prymera (5.8%), la Caja Sullana (5.65%) y la Financiera Confianza (5.5%).
En ese sentido, estas son las 10 entidades financieras que te dan un mayor rendimiento por guardar tu CTS:
Entidad financiera | TREA |
Financiera Proempresa | 6.9% |
Caja Metropolitana de Lima | 6.3% |
Financiera Credinka | 6.25% |
Financiera Qapaq | 6% |
Financiera OH | 6% |
Caja Raíz | 6% |
Caja Cencosud | 6% |
Caja Prymera | 5.8% |
Caja Sullana | 5.65% |
Financiera Confianza | 5.5% |
Foto: Andina
Como hemos podido ver en la tabla anterior, entre las 10 entidades financieras con mayor tasa de interés para CTS no aparece ningún banco, debido a que estos tienen tasas de entre 0.25% y 5.5%, según indica la SBS.
Es importante resaltar que entre todos los bancos que se encuentran en el mercado peruano, el Banco Ripley destaca por ofrecer una tasa de 5.5%, mientras que el Banco Falabella y Banco Comercio brindan el 5%.
Banco | TREA |
Banco Ripley | 5.5% |
Banco Comercio | 5% |
Banco Falabella | 5% |
BANBIF | 4% |
Banco Pichincha | 4% |
Banco GNB | 3.75 % |
Mibanco | 3.75 % |
Crediscotia | 3.5 % |
Banco de Crédito del Perú | 1 % |
BBVA | 1 % |
Interbank | 1 % |
Scotiabank | 1 % |
Todos los trabajadores tienen derecho a trasladar libremente su CTS a la entidad financiera que más le convenga. Los pasos a seguir son los siguientes:
El pago de la CTS se puede calcular mediante la siguiente fórmula matemática: [remuneración + (gratificación 1/6) /360. El resultado de ello se va a multiplicar por los días laborados en el semestre (180).
En ocasiones se añaden horas extras, comisiones o los bonos recibidos por el trabajador. “Esto dependerá del régimen laboral en el que se encuentres, por lo que lo aconsejable en ese caso es que solicite la información al área de Recursos Humanos”, indica el portal Comparabien.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se abona dos veces al año, en la primera quincena de los meses de mayo y noviembre, en la empresa depositaria y moneda que el trabajador escoja.
En caso que seas un trabajador o trabajadora en planilla, puedes contactar a la entidad bancaria donde la empresa te deposita tu remuneración. Podrás saber si tienes dinero en tu CTS a través de la vía telefónica o de la web de dicha entidad.
El depósito de CTS se realiza dos veces al año. Foto: La República
Para revisar el estado de tu cuenta CTS en el BCP, haz lo siguiente:
Banca por Internet del BCP. Foto: Vía BCP
Los siguientes trabajadores están excluidos de recibir la Compensación por Tiempo de Servicios:
Si la empresa para la cuál trabajas no ha depositado la CTS, debes interponer una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). De esta forma, la entidad responsable se hará cargo de fiscalizar el correcto cumplimiento del depósito.
De acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (D. S. 001-97-TR), cuando el titular de la cuenta CTS fallece, el empleador tendrá que entregar al “depositario el importe de la compensación que hubiera tenido que pagarle directamente, dentro de las 48 horas de notificado o de haber tomado conocimiento del deceso”.
El Ejecutivo promulgó la Ley N.º 31480 que permite disponer del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Esta medida tiene como finalidad cubrir las necesidades económicas en medio de la pandemia de la COVID-19.
La norma, que se publicó el miércoles 25 de mayo a través del diario oficial El Peruano, lleva la firma del presidente de la República, Pedro Castillo.
De acuerdo a la norma, hasta el 31 de diciembre del 2023 los trabajadores podrán retirar los fondos CTS que tengan acumulados a la fecha de disposición en las entidades financieras.