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Mascarillas: ¿qué está y no está permitido tras aprobarse su uso opcional desde 1 de mayo?

Desde el 1 de mayo, se actualizarán las restricciones referentes a la pandemia. Las personas podrán dejar de usar mascarillas en espacios abiertos. Conoce aquí cuáles serán los otros cambios.

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La influenza A(H3N2), al igual que la COVID-19, se transmite a través de gotas de saliva infectadas con el virus. Foto: La República

El Gobierno liderado por el presidente Pedro Castillo ha hecho pública las nuevas medidas sanitarias para la COVID-19. Estas reglas serán para todo el territorio nacional, tal como indica el Decreto Supremo N.º 041-2022-PCM, y serán válidas desde el inicio de mayo.

Es importante recalcar que esta medida podrá ser adoptada en los departamentos donde el 80% de la población mayor de 60 años tenga las tres dosis de la vacuna contra la COVID-19 y que el 80% de la población mayor de 12 años tenga dos dosis, según lo informado en el Diario Oficial El Peruano.

Sumado a ello, el plazo de la emergencia sanitaria estará activo por 90 días calendario; es decir, hasta el 28 de agosto de 2022. En este tiempo, se tomarán medidas para la prevención y control de la COVID-19.

A continuación, conoce aquí las nuevas restricciones que serán válidas a partir del 1 de mayo en todo el Perú.

¿Qué está permitido hacer?

  • Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos, mientras se garantice el distanciamiento físico o corporal.
  • En las instituciones educativas, no es necesario mantener el distanciamiento físico o corporal no menor de un metro.
  • Al momento de ir a restaurantes o similares, la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) solo al momento de ingerir los alimentos.

El uso de mascarillas será opcional en espacios abiertos desde el 1 de mayo. Foto: Instagram / Umivale

¿Cuáles son las restricciones actuales?

  • Mantener el distanciamiento físico o corporal de no menos de un metro.
  • Uso obligatorio de una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues (y encima de esta una mascarilla de tela), para caminar por las vías de uso público y en lugares cerrados.
  • Evitar aglomeraciones.
  • Lavarse constantemente las manos.
  • Para hacer uso del transporte terrestre o aéreo, todos los peruanos, extranjeros residentes y no residentes de 12 años a más deberán presentar su carnet de vacunación con las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
  • Ventilar los locales de entidades públicas y privadas, con puertas y ventanas abiertas, cuando sea posible.
  • Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los que brindan servicios de delivery, taxi y transporte privado de personal y turismo solo pueden operar si han recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.
  • Los residentes mayores de 18 años que ingresen a los centros comerciales, tiendas por departamento, supermercados, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, peluquerías, entre otros, tendrán que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, las tres dosis de vacunación contra la COVID-19.
  • Solo podrán ingresar a los coliseos y estadios deportivos los mayores de 5 años que presenten su carné físico o virtual que acredite haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19. Además, es obligatorio el uso permanente de una mascarilla KN95 o una mascarilla quirúrgica de tres pliegues (y encima de esta una mascarilla de tela).