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AFP: ¿qué pasa con mi fondo de pensiones si dejo de estar en planilla?

Los trabajadores registrados en planilla aportan un porcentaje de su sueldo a la AFP. Conoce qué pasa con su fondo de pensiones cuando se quedan sin empleo.

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Las AFP son compañías que administran el dinero de tu fondo de pensiones con el propósito de generar ganancias en tu beneficio y así financiar tu jubilación por medio de una pensión. Foto: Gobierno del Perú

En nuestro país, miles de trabajadores aportan mes a mes el 10% de su sueldo a la AFP para tener una jubilación segura en un futuro. Sin embargo, nadie está libre de pasar una temporada sin empleo. En ese caso, ¿qué sucede con tu fondo de pensiones si dejas de estar en planilla y ya no puedes aportar mensualmente? ¿Lo pierdes todo? A continuación, te lo explicamos.

Lo primero y más importante que debes saber, es que todos los aportes que has realizado a la AFP hasta el momento se encuentran en una cuenta individual de capitalización con tu nombre y apellido, lo que significa que tú eres el único dueño de tu fondo y nadie más puede disponer de él.

¿Qué sucede con mi fondo de pensiones si dejo de estar en planilla?

En caso te encuentres sin trabajo y hayas dejado de aportar a tu fondo de pensiones por algunos meses o años, tu dinero de ninguna manera se pierde. Ya que, según el portal de la Asociación de AFP, tus ahorros permanecen en tu cuenta individual generando rentabilidad hasta que llegue el momento de tu jubilación, la cual puede ser a la edad legal de los 65 años o de manera anticipada, a los 50 si eres mujer o 55 si eres hombre.

Foto: Andina

Esto significa que a pesar de que no hayas aportado por un buen tiempo, tus ahorros siguen siendo tuyos y la AFP lo continuará administrando para que sigas obteniendo rentabilidad de ellos. Además, no se te penalizará con pago de multas, intereses o moras, ni tampoco perderás un solo sol de tus aportes.

Sin embargo, lo que inevitablemente sucede si dejas de aportar es que al jubilarte tu pensión será más baja. Por lo que es recomendable que mientras consigas un nuevo empleo, hagas lo posible por seguir aportando de manera voluntaria a tu AFP, ya que la rentabilidad de tus ahorros no será suficiente para obtener una buena pensión en tu vejez.

Además, ten en cuenta que si no tienes al menos cuatro aportes en los últimos ocho meses previos al siniestro, pierdes la cobertura del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.

¿Qué son los aportes voluntarios de la AFP?

Son una alternativa de ahorro y inversión, que te permite rentabilizar tu dinero e incrementar tu patrimonio y lo mejor: tu decides la cantidad a aportar y cuándo hacerlo. Puedes optar por dos tipos: el aporte voluntario con fin previsional, que está pensado para hacer crecer tu fondo de jubilación; y el aporte voluntario sin fin provisional, que se encuentra orientado a objetivos de corto y mediano plazo, donde puedes retirar tu dinero cuantas veces desees en el año.

Beneficios de seguir aportando a tu AFP si dejas de estar en planilla

Además de aumentar tu fondo de pensiones, seguir realizando aportes voluntarios con fin previsional cuando dejes de estar en plantilla tiene los siguientes beneficios:

  • Aportas el monto que quieras y cuando lo desees, no hay mínimos exigidos.
  • Tu pensión de jubilación seguirá aumentando y podrás tener tranquilidad de una jubilación segura.
  • Estos aportes también generan rentabilidad, según el tipo de fondo que elijas.
  • Solo para los trabajadores independientes, el monto aportado no puede ser mayor al aporte obligatorio.
  • Los aportes voluntarios con fin previsional, al igual que los aportes obligatorios a AFP, son inembargables por lo que es un ahorro seguro.

¿Qué se necesita para la aprobación del retiro de AFP 2022?

  • La firma de la mayoría de los congresistas en el momento de la votación.
  • El texto se debe entregar a la Junta de Portavoces.
  • La norma se debe publicar en la web del Congreso de la República o en el Diario Oficial El Peruano.
  • El dictamen debe someterse a debate y votación.
  • De aprobarse la ley, debe ser enviada al Jefe de Estado para su promulgación dentro del plazo de 15 días útiles.