Los trabajadores del sector privado recibirán la gratificación correspondiente al primer semestre del 2021. Este 15 de julio vence el plazo legal para que los empleadores cumplan con el pago de este beneficio y la bonificación extraordinaria del 9% por concepto de aportaciones a EsSalud.
A continuación conoce los detalles de este beneficio que corresponde a aquellas personas que están en planilla.
La fecha límite de acuerdo a la norma es el 15 de julio de 2021. Las empresas que no cumplan con el depósito de dicho beneficio a sus trabajadores serán multadas por Sunafil.
Los trabajadores sujetos al régimen de la actividad privada, cualquiera que sea su modalidad contractual, recibirán esta gratificación legal por Fiestas Patrias, de acuerdo con los requisitos y condiciones previstas en la ley.
Asimismo, el empleado debe estar laborando de forma efectiva en la oportunidad de pago o, en su defecto, estar gozando de vacaciones, encontrarse en licencia con goce de haber, descansos médicos que originen el pago de remuneración o subsidio o en otros supuestos considerados por ley como días efectivamente trabajados.
Además, debes haber laborado, por lo menos, un mes en el semestre comprendido entre el 1 de enero del 2021 y el 30 de junio del 2021.
La cantidad de tu gratificación se determina por cada mes calendario completo entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2021. La gratificación legal equivale a la remuneración habitual que percibe el trabajador.
En caso se dé un aumento de sueldo a partir del 1 de julio 2021, dicha suma no se tomará en cuenta para el pago de este mes.
En tanto, para los trabajadores que hayan laborado algunos meses y no el semestre completo (enero a junio), esta será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. Sin embargo, si en un mes tuviera inasistencias injustificadas, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir.