Los trabajadores que pertenecen a un empresa formal y laboran bajo una planilla acceden a la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) que es depositada en los meses de mayo y noviembre.
Este 17 de mayo, se vence el plazo para que los empleadores puedan depositar el monto de la CTS a sus colaboradores. Esta cantidad variará de acuerdo al salario que percibe el trabajador y por el tipo de empresa en la que labora.
Las personas que reciben la CTS son aquellas que laboran en una pequeña, mediana o gran empresa y que hayan trabajado durante el semestre anterior bajo una jornada de cuatro horas diarias o más.
La bonificación también es depositada para las trabajadores del hogar que laboren por un mínimo de cuatro horas y que se encuentren sujetas a Ley 31047 y el DS 009-2021-TR.
Una trabajador no recibe la CTS cuando laboró en una jornada menor a cuatro horas diarias. Asimismo, no son incluidos dentro del beneficio a aquellas personas que fueron contratadas luego de que la empresa se inscribió en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype)
En esa lista también figuran quienes al 30 de abril tengan menos de un mes de servicio.
Para calcular el monto de tu CTS, al monto de tu sueldo actual deberás sumarle la sexta parte de tu última gratificación. Luego, divide el resultado entre 360 y multiplícalo por la cantidad de días que trabajaste. La cifra final es la cantidad que recibirás en tu CTS.
Para realizar el retiro de tu CTS puedes contactarte con tu empleador y solicitar el uso de este beneficio. Tu empleador dará a conocer tu petición a la entidad financiera que te dirán de qué cantidad puedes disponer.
De acuerdo a la norma, las personas deberán hacer una solicitud a la entidad financiera donde se encuentra depositada su CTS. Tras la aprobación de la misma, el dinero será enviado a través de las cuentas autorizadas por el solicitante.
La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre del presente año.
Los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS cuándo el monto excede los cuatros sueldos considerados como intangibles. Para calcularlo, debes multiplicar el último sueldo del trabajador por cuatro.
Una vez que tengas la decisión de retirar la CTS deberás comunicárselo a tu empleador quien hará una solicitud a la entidad financiera para conocer de cuánto dispondrás.
Asimismo, tras la aprobación del Decreto Supremo N.º 010-2021-TR en el marco de emergencia sanitaria por la COVID-19, los trabajadores podrán acceder a la CTS hasta el 31 de diciembre del 2021.
El solicitante puede retirar la CTS desde acercándose a la entidad financiera o través de un cajero automático.