Las elecciones 2022 se desarrollan este domingo 2 de octubre, por lo que desde la medianoche del sábado 1 de octubre rige el silencio electoral, es decir, quedan prohibidos expresamente todos los actos de propaganda política, sea de partidos o candidatos, según la Ley 26859. Además, el Jurado Nacional de Elecciones es la institución encargada de velar por el cumplimiento de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 en todo el Perú.
Recuerda que mientras el JNE fiscaliza el ejercicio democrático nacional de las Elecciones 2022, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es el organismo constitucional competente para la organización y ejecución del proceso.
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En esta nota de La República te explicamos qué es el silencio electoral en Perú y qué se puede y no se puede hacer. Por ello, este medio contactó al abogado José Villalobos, especialista en derecho electoral, para que oriente a la ciudadanía con estas y otras preguntas frecuentes.
El silencio electoral, veda electoral o jornada de reflexión electoral es el lapso en el que rigen prohibiciones legales relacionadas con la difusión de la propaganda y publicidad política en todo el territorio nacional, de acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones.
Como explica el también director ejecutivo y fundador del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), el silencio electoral es “el periodo en el que ya no se puede hacer ningún tipo de propaganda electoral o proselitismo político. Va desde las 00 horas del sábado y durante el día domingo de la elección. La prohibición es expresa”.
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Además, la veda electoral, como en otros países, se puede aplicar tanto en elecciones, plebiscitos o procedimientos que requieran de consulta popular o que sean de carácter fundamental para el Estado.
“El hacer propaganda electoral en los plazos prohibidos es un delito electoral. De acuerdo al artículo 388 de la Ley Orgánica de Elecciones, la pena va de tres meses a dos años”, indica Villalobos Campana. “También contra aquel que atente contra la ley, las buenas costumbres o agravia en su honor a un candidato o a un partido”, precisa la Ley 26859.
En este periodo, el marco legal, además, veda el funcionamiento de secretarías o locales políticos u oficinas de propaganda, como también la organización u otorgamiento de permisos para “reuniones o manifestaciones políticas dentro de las zonas prohibidas o en los plazos en que dicha actividad esté suspendida”.
Elecciones 2022: ¿qué es el silencio electoral en Perú y qué se puede y no se puede hacer? | Elecciones Municipales y Regionales | ONPE | SCDD. Foto: ONPE
De igual manera, esta ley funcional precisa: “Si el culpable es una autoridad política, la pena es no menor de un año ni mayor de tres, además de la pena accesoria de inhabilitación, por igual tiempo del de la condena, de conformidad con los incisos 1, 2, 3, 4 y 8 del artículo 36 del Código Penal”.
No obstante, “poder verificar si se cumple o no también es muy difícil porque tendríamos que tener fiscalizadores del jurado (JNE) en todos lados, y no hay capacidad operativa para eso. En realidad, el Jurado Nacional de Elecciones vela para que se cumpla el silencio electoral el día de la elección en los locales de votación”, explica el fundador del IPDE.
Con la finalidad de desarrollar correctamente las Elecciones Regionales y Municipales 2022 del próximo 2 de octubre, el Jurado Nacional de Elecciones dispuso lo siguiente:
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“Como la campaña acaba el viernes, los partidos y candidatos (...), a lo mucho, seguro que harán actividades de coordinación para tener a sus personeros en el día de la elección”, sostiene Villalobos Campana.
“Y el día (del sufragio) lo que pueden hacer es, sin realizar propaganda, estar en los locales de votación con sus personeros para velar para que la elección se lleve bien y se cuiden los votos”, agrega.
Elecciones 2022: ¿qué es el silencio electoral en Perú y qué se puede y no se puede hacer? | Elecciones Municipales y Regionales | ONPE SCDD. Foto: Gerardo Marín/La República
“Es una regla que da conclusión a la campaña electoral (...). Sirve para que los electores reflexionen y, finalmente, terminen de decidir su voto sin ser influenciados por la publicidad (política)”, sintetiza el especialista.
De este modo, el silencio electoral busca evitar que la ciudadanía esté expuesta a distintos estímulos, como la sobreexposición a los colores y rostros de los candidatos y sus partidos, que reorienten de forma inesperada su elección principal durante el sufragio.
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La Contraloría General de la República reportó que 47% (34.899) de candidatos y candidatas a gobernadores y consejeros regionales, así como alcaldes y regidores provinciales y distritales habilitados para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, no han cumplido con presentar su declaración jurada de intereses de carácter preventivo que establece la Ley 31277.
La Contraloría refirió que las regiones con mayor incumplimiento de la presentación de la declaración jurada de intereses son Apurímac (75%), Madre de Dios (71%), Ayacucho (68%), Pasco (60%), Ucayali (57%), Puno (56%), Cusco (55%), Huancavelica (53%) y Amazonas (53%).
En las Elecciones Regionales y Municipales 2022 se votará por los nuevos alcaldes municipales, gobernadores y vicegobernadores regionales para el periodo 2023-2026. Son organizadas por la ONPE y fiscalizados por el JNE en cada distrito, provincia y departamento peruano.
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