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Elecciones

Secretario general de la OEA: Excluir a un candidato debe ser por ofensas graves

Luis Almagro no hizo referencia a ningún proceso electoral que se esté desarrollando en la región; sin embargo, las elecciones generales en el Perú son las más próximas a realizarse.

larepublica.pe
Almagro no precisó si se refería a las exclusiones de Forsyth y López Aliaga. Foto: EFE

El secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, manifestó que los postulantes a las elecciones deben ser excluidos solo si cometen ofensas graves.

Excluir a un@ candidat@ de unas elecciones debe ser por ofensas graves sustanciadas procesalmente. Lo contrario no suma, resta. El pueblo es el soberano que debe elegir en las urnas”, manifestó a través de su cuenta Twitter.

Cabe resaltar que el funcionario no dio una referencia precisa de algún proceso electoral que se esté llevando a cabo en la región. No obstante, las elecciones generales en el Perú son las más próximas a realizarse.

Actualmente los candidatos de Victoria Nacional y Renovación Popular, George Forsyth y Rafael López Aliaga, respectivamente, pueden quedar fuera de participar de los comicios electorales, debido a que fueron excluidos por el Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 (JEE).

Los casos de ambos fueron elevados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que resolvería este viernes 5 de marzo, de forma definitiva, sus participaciones o no en las elecciones del próximo 11 de abril.

Pronunciamiento de Luis Almagro. Foto: Luis Almagro/Twitter

Caso de George Forsyth

El JEE ya había excluido a Forsyth por omitir información de sus ingresos en las empresas donde es accionista. Pero el JNE declaró nulo el fallo y le pidió un nuevo pronunciamiento.

En su nueva resolución, el JEE señaló que el formato para declarar los bienes y rentas es claro y resulta inatendible el argumento del candidato de que incurrió en error por defectos en la declaración jurada en la Hoja de Vida. Para el personero legal de VN, el candidato no omitió declarar sus ingresos, sino que “lo hizo erróneamente”.

Caso de López Aliaga

El candidato de Renovación Popular fue excluido por vulnerar la norma sobre propaganda electoral. El postulante dijo que si llega a la presidencia donaría su sueldo a entidades sociales.

El organismo electoral determinó que cometió una infracción al artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) por la realización de “conductas prohibidas” tras infringir las normas de propaganda electoral desde su cuenta de Facebook.

El 16 de febrero, la entidad admitió la solicitud presentada por Federico Alejandro Gracey Aguilar, quien denunció a López Aliaga por asegurar en una publicación que donaría el 50% de su sueldo de resultar ganador en los comicios del 11 de abril.

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