Por medio de una carta dirigida al procurador público especializado supranacional, Carlos Reaño, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha ordenado al Perú que, de manera temporal, se abstenga a ejecutar la decisión de liberación del exdictador Alberto Fujimori, quien aún se encuentra preso en el penal de Barbadillo por los asesinatos cometidos en los casos Barrios Altos y La Cantuta.
Horas después, la Corte difundió en su página web la resolución dictada por el pleno de la Corte Interamericana, que sustenta la carta enviada al procurador. En la resolución, los magistrados supranacionales recuerdan que el 18 de mayo del 2018 El Tribunal consideró conveniente que los órganos jurisdiccionales peruanos realizaran un control del indulto que “tome en cuenta los estándares expuestos en [los Considerandos 45 a 58 de la] Resolución” y que analizara “los serios cuestionamientos relativos al cumplimiento de los requisitos jurídicos estipulados en el derecho interno peruano”
La Corte IDH señaló que dicho fallo del Tribunal Constitucional (TC) para liberar el sentenciado expresidente no debe realizarse “hasta que se resuelva la solicitud de medidas provisionales en los próximos días”.
En el documento emitido por el órgano internacional se puede leer: “El pleno de la Corte IDH decidió el día de hoy (miércoles 30 de marzo) requerir al Estado peruano que, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, abstenerse de ejecutar la decisión del Tribunal Constitucional que ordena liberar a Alberto Fujimori Fujimori”.
La Corte IDH ya tiene una postura clara sobre la posibilidad de indultar a Alberto Fujimori, en el 2018 se pronunció al respecto. Foto: diseño de Fabrizio Oviedo / GLR
La corte IDH mencionó que la decisión completa será notificada en los próximos días, por lo que Alberto Fujimori se quedará aún en prisión.
En tanto, el procurador Carlos Reaño confirmó que el Estado peruano cumplirá con la disposición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de ordenar a nuestro país de abstenerse a ejecutar la decisión de liberación de Alberto Fujimori, quien fue sentenciado a 25 años de prisión por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta.
El 28 de marzo, el TC publicó el fallo sobre la liberación de Fujimori. En este se constata que los votos de Augusto Ferrero, José Luis Sardón y Ernesto Blume fueron a favor de la demanda; mientras que los magistrados Manuel Miranda, Marianella Ledesma Narváez y Eloy Espinosa-Saldaña votaron en contra.
El organismo constitucional decidió publicar el fallo después de 11 días, donde se muestra que, mientras Augusto Ferrero escribió dos hojas donde pedía la salida de Alberto Fujimori, la magistrada Marianella Ledesma escribió 68 hojas pidiendo el rechazo a su liberación.