Este miércoles vence el plazo para solicitar hasta 17.600 soles (4 UIT) de los fondos de las AFP, correspondiente a los afiliados cuyo DNI culmina en 9.
Por eso, las AFP publicaron un segundo cronograma que va del 24 de junio al 8 de julio, de acuerdo al último dígito del DNI, para quienes no pudieron realizar el trámite a tiempo. La norma estará vigente hasta agosto y es válido para los residentes en Perú y el extranjero.
Según el primer cronograma de solicitud de retiro, este martes 22 y mañana miércoles 23 de junio le corresponde a las personas cuyo DNI termina en 9.
Las personas podrán enviar su solicitud a través de la plataforma consultaretiroafp.pe tal como está establecido para el primer y segundo cronograma, entre las 8.00 a. m. y las 6.00 p. m. de lunes a viernes.
Son cerca de 5 623 000 afiliados activos e inactivos los que pueden acceder al desembolso. Solo están excluidos quienes acceden al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA) y los actuales pensionistas.
Primero, los afiliados deben saber cuánto dinero tienen en su cuenta antes de la solicitud de retiro. Tener a la mano su DNI para revisar el dígito verificador que deberán ingresar junto a sus datos al momento de realizar la solicitud y el número de una cuenta bancaria de la que sea titular para que le realicen el depósito.
El depósito se hará en tres pagos por mes, de hasta S/ 4.400 cada uno, dependiendo del monto que se solicite.
El primer desembolso o depósito de hasta una UIT (S/ 4.400) se realiza a los 30 días de presentada la solicitud en el sistema.
Para el segundo desembolso de hasta 1 UIT deberán pasar 30 días calendario luego de realizado el primer pago.
En caso se solicite más de 2 UIT, se depositará el monto restante en el tercer pago que se realiza 30 días luego del segundo depósito.
Este desembolso tiene la condición de intangible; es decir, no puede ser descontado o retenido por deudas con entidades financieras. Solo a las personas que tengan deudas alimentarias se les podrá descontar hasta por un máximo de 30% del monto retirado en cada armada. Las AFP serán las responsables de realizar la retención judicial.
Las personas que no pudieron inscribirse en las fechas del primer cronograma, tendrán una nueva oportunidad en las siguientes: