El pasado 4 de mayo, el Gobierno oficializó el Decreto Supremo n.º 010-2021-TR que autoriza el retiro parcial o total de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). La norma estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año y alcanzará a los empleados formales del sector público y privado, así como a los que se encuentres sujetos al régimen 728.
El decreto explica que los trabajadores deberán enviar una solicitud de retiro de la CTS a la entidad bancaria en la que se encuentra. Tras ser aprobado el requerimiento, los bancos enviarán el dinero al destino indicado por el solicitante. El proceso podrá ser efectuado de forma presencial o virtual.
La aprobación de la norma despertó ciertas dudas. Algunas personas se han preguntado si pueden retirar o tienen acceso a este beneficio a pesar de que no están trabajando. Aquí te lo contamos.
En caso no labores actualmente, tienes la opción de consultar en las entidades bancarias donde recibiste tu último salario. También puedes ingresar y revisar la cuenta que abrió tu empleador para depositarte el pago por tus servicios.
Otra posibilidad es preguntar a las entidades que ofrezcan cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Podrás hacer esta consulta vía telefónica o por internet.
Para saber si tienes algún monto de la CTS por cobrar pregunta a través de los canales digitales de la entidad bancaria en la que recibiste tu último sueldo. Asimismo, realiza tu consulta a los bancos o cajas municipales que ofrecen cuentas CTS. Aquí te dejamos una lista de entidades con las que puedes comunicarte.
De acuerdo con el Decreto Supremo n.º 010-2021-TR aprobado por el ejecutivo, la persona tiene que presentar una solicitud a la entidad bancaria. La respuesta a ese requerimiento deberá llegar en un plazo máximo de dos días. Algunas instituciones han explicado a través de sus páginas web o redes sociales sobre cómo acceder a este beneficio.
Finalmente, el banco tiene que depositar el monto solicitado a la cuenta de destino seleccionada por quien desea retirar su CTS.
Si deseas saber la cantidad que tiene en tu cuenta de CTS, comunícate con el banco o caja municipal donde tu empleador deposita tu sueldo.
Toma en cuenta que para calcular tu CTS deberás sumarle a tu monto del sueldo mensual la sexta parte de tu gratificación. Luego, dividirás el resultado entre 360. Finalmente, lo multiplicarás por los días que laboraste. De esta forma, podrás conocer el total que posees en tu cuenta.