
En Colombia, el pago de cesantías es un deber anual de los empleadores. Esta prestación social, destinada a respaldar a los trabajadores en caso de desempleo o a facilitar inversiones en vivienda y educación, es un derecho esencial. No obstante, no todos los empleados recibirán este beneficio antes de la fecha límite por la normativa laboral.
Al acercarse el plazo tope, surgen dudas sobre quiénes están incluidos en este sistema y cuáles son los criterios que determinan la asignación de este derecho. Además, el cálculo de los intereses de las cesantías es un aspecto clave que los empleadores deben conocer para evitar sanciones por incumplimiento.
El 15 de febrero de 2025 es la fecha límite para que los empleadores en Colombia consignen las cesantías de sus trabajadores en los fondos de administración correspondientes. Este plazo no es opcional, ya que la normativa laboral estipula sanciones económicas en caso de retraso en el pago.
Las cesantías representan un ahorro obligatorio que los trabajadores pueden utilizar en momentos de desempleo o para necesidades específicas como educación superior y compra de vivienda. Los empleadores deben asegurarse de realizar la consignación a tiempo. El incumplimiento de esta obligación conlleva multas equivalentes a un día de salario por cada día de retraso.
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Aunque las cesantías son un derecho fundamental para muchos trabajadores en Colombia, existen excepciones. No todos los empleados recibirán este beneficio en la fecha límite de febrero de 2025. Algunos de los casos en los que no aplica el pago incluyen:
Si un trabajador considera que debería recibir sus cesantías y no las obtiene, puede acudir a instancias legales para hacer valer su derecho. El Ministerio de Trabajo ofrece mecanismos para denunciar irregularidades y exigir el cumplimiento de las normas laborales.
Los intereses de las cesantías se calculan con base en el saldo acumulado del año anterior. La tasa establecida por la ley es del 12% anual sobre el valor total de las cesantías. Es decir, un trabajador que haya acumulado 3 millones de pesos en cesantías durante el 2024 recibirá 360.000 pesos en intereses.
La fecha límite para el pago de los intereses de cesantías fue el 31 de enero de 2025. Si un empleador no realizó esta consignación en el plazo estipulado, podrá enfrentar sanciones económicas. La falta de pago de intereses constituye una infracción laboral que puede derivar en demandas y multas impuestas por el Ministerio de Trabajo.
Los trabajadores pueden acceder a sus cesantías de dos maneras: retiro parcial o retiro total. El primero aplica para quienes tienen contrato vigente y necesitan los fondos para educación, vivienda o impuesto predial (si la propiedad está a su nombre). El segundo se permite en casos como despido, servicio militar, cambio a salario integral o fallecimiento del afiliado.
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