Cargando...
Datos lr

¿Hasta cuándo se puede pagar la prima de junio 2023? Revisa las condiciones para cobrarla en Colombia

Cada semestre miles de trabajadores colombianos están a la expectativa del pago de la prima. Revisa cuál es el plazo que tienen las empresas para depositar el monto y quiénes no lo van a recibir.

larepublica.pe
Conoce hasta cuándo se puede pagar la prima de junio 2023 y las condiciones para cobrar en Colombia. Foto: Shutterstock

La normativa vigente de los trabajadores en Colombia indica que estos tienen derecho a cobrar dos primas anualmente. La primera se paga a mediados y la segunda en diciembre. Sobre la prima de mitad de año cabe mencionar que debe ser correspondiente a 15 días de salario por año trabajado. En esta nota te contamos quiénes no pueden acceder a este pago, las condiciones y hasta cuándo será el depósito en junio 2023.

¿Hasta cuándo hay plazo para pagar la prima de junio 2023 en Colombia?

Si bien es cierto, la mayoría de empleadores deciden pagar la prima en la quincena de junio, aunque no falta quien lo haga el último día.

Por esta razón, el Ministerio del Trabajo de Colombia estableció una fecha límite para que el empleador entregue la prestación a sus colaboradores.

Según Radio Nacional de Colombia, las fechas del pago pueden ser a partir del jueves 15 de junio hasta el viernes 30 del mismo mes.

La prima es una prestación obligatoria que deben pagar los empleadores a sus trabajadores en Colombia. Foto: iStock

En caso de que el empleador supere el plazo límite del pago de la prima, tendrá que enfrentar sanciones del Ministerio del Trabajo. Asimismo, tendrá que pagar al trabajador un salario diario por cada día de retraso con un máximo de 24 meses de demora.

¿Qué trabajadores no van a recibir la prima de servicios en junio 2023?

Estos son los siguientes grupos de empleados que no podrán acceder a la prima de servicios.

  • No se liquidará a los trabajadores vinculados a un empleo por prestación de servicios.
  • Personas que reciban salarios integrales, es decir, que incluya todo concepto remuneratorio y prestacional, no acceden a la prima.
  • Aquellos que tienen vínculos mediante un contrato de aprendizaje como practicantes universitarios o trabajadores del Sena tampoco cobrarán la prima.