Este 31 de octubre y 1 de noviembre son días feriados en Chile, lo que significa que la población en general tendrá dos días de descanso que, junto al sábado 29 y domingo 30, conformarán un fin de semana largo que podrán aprovechar para sus actividades favoritas.
Muchas personas se preguntan si estos dos días festivos califican como feriados irrenunciables, tal como fue el caso de los recientes asuetos por las Fiestas Patrias de Chile. Por ello, despejamos tus dudas a continuación.
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Este lunes 31 de octubre es feriado en Chile por el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes, conmemoración instituida por el Gobierno de Michelle Bachelet en 2008 a través de la Ley 20.299. Se trata del aniversario del día de 1517 en que Martín Lutero clavó las 95 tesis en la iglesia del palacio de Wittenberg, por lo que dio inicio a la reforma protestante.
Chile conmemora el Día de las Iglesias Evangélicas y Protestantes cada 31 de octubre. Foto: La Tercera
El día siguiente, martes 1 de noviembre, es también feriado debido a la celebración del Día de Todos los Santos, festividad de origen católico impulsada por el papa Gregorio III en el siglo VIII.
Aunque los días 31 de octubre y 1 de noviembre son días feriados en Chile, no están considerados dentro de la categoría de irrenunciables. Por ello, el comercio y los lugares de entretenimiento funcionarán con normalidad, aun si el empleador decide que la atención será en horarios especiales.
Recordemos que los feriados irrenunciables son aquellos en los que, debido a una festividad de carácter nacional o internacional, un trabajador del comercio no puede ejercer sus labores por ningún motivo, aun si llega a un acuerdo con su empleador.
No obstante, existen excepciones establecidas por la Dirección del Trabajo (DT) que involucran a ciertos locales comerciales como cines, restaurantes, transporte, entre otros.
Los comercios atenderán con normalidad en Chile este 31 de octubre y 1 de noviembre, al no ser feriados irrenunciables. Foto: Beneplus
El Código del Trabajo establece cinco feriados irrenunciables en Chile cada año:
Para conocer cuánto será tu pago en un feriado no irrenunciable, debes dividir tu sueldo entre 30 (días del mes), multiplicar el resultado por siete (días de la semana) y dividir por las horas que debes cumplir por contrato.
Por ejemplo, alguien que gana 300.000 pesos mensuales y debe cumplir 45 horas por contrato, recibirá el siguiente pago por hora diaria:
Para las horas extras, sin embargo, aplica un criterio distinto, pues el monto tendrá un recargo del 50%.