Ley contra la violencia. Sanción se aplica si agresor comete el delito frente a menores de edad, ya sean hijos de la víctima o niños a cargo de esta. Norma también considera como agravante los crímenes de odio contra miembros de comunidad LGTBI.,Se endurecen las penas para los agresores de mujeres, de menores de edad, dultos mayores y personas LGTBI. PUEDES VER: Ex convicto balea a estudiante de teatro, lo detienen y luego fuga tras limar barrotes de celda El Ejecutivo publicó el decreto N° 1323 en el marco de las facultades legislativas que le otorgó el Congreso para emitir leyes, con el que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género. Una de las modificaciones más resaltantes es el aumento de la pena mínima para el feminicida: de 15 años pasa a 25 años, si el crimen es cometido en presencia de menores de edad, ya sean hijos de la víctima o menores a su cargo. "Ahora, con esta ley, el feminicida ya no goza de los beneficios de la redención de la pena por trabajo comunitario o por seguir estudios desde prisión; así como tampoco va a gozar de la semilibertad o de la libertad condicional", aseguró Illian Hawei, directora general contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (Mimp). También queda establecida la inhabilitación definitiva de los agresores para acceder a la patria potestad de sus hijos e hijas y se les suspende la posibilidad de portar armas, ejercer cargos públicos, trabajar para el Estado, entre otras restricciones. Las penas también se agravan si las víctimas son menores de edad, adultos mayores, personas con discapacidad, entre otras. Nuevos agravantes Pero la ley N° 1323 no solo sanciona la violencia física, pues ahora también condena la violencia psicológica como lesión grave. Y es que este tipo de agresión, aparentemente invisible, muchas veces deja marcas más fuertes que los propios golpes físicos en las víctimas. "El daño psicológico deja una secuela que llega a extenderse hasta por seis meses como mínimo. El que no haya sido considerado en leyes anteriores permitía impunidad para los agresores", afirma Hawei. En efecto, el decreto señala una pena de cuatro a ocho años para este tipo de violencia y considera que este diagnóstico puede ser determinado mediante un examen pericial, practicado por un organismo público o privado acreditado. Asimismo, sanciona con una pena de uno a tres años de cárcel a aquellas lesiones que configuren menos de 10 días de asistencia o descanso, es decir, lesiones leves. El segundo agravante importante que ha sido considerado es la sanción hacia los delitos cuyos móviles sean la intolerancia o discriminación por razones de orientación sexual, raza o religión. De esta forma, la comunidad LGTBI cuenta a partir de ahora con un decreto expreso que protege su integridad física y psicológica. "Vamos a crear una versión amigable en nuestra página web y redes sociales para que las personas tengan acceso a esta información. También iniciaremos el fortalecimiento de las capacidad de los operadores de justicia como son los jueces, fiscales y policías, previa coordinación con los ministerios del Interior y de Justicia, para la óptima aplicación de la nueva norma, expresó la funcionaria del MIMP. Reacciones Teniendo en cuenta que solo de enero a noviembre del año pasado se registraron a nivel nacional 117 feminicidios, muchos fueron los que saludaron la nueva ley en contra de la violencia. El movimiento Ni una menos-Perú, a través de su cuenta en Facebook, publicó su satisfacción, esperando que "este sea solo el comienzo del cambio que tantas exigimos", aseguraron. La organización Amnistía Internacional también hizo lo propio, saludando que "el Estado peruano está dando un paso importante para combatir la violencia y discriminación". Claves Más delitos. La ley mantiene énfasis en delitos como la explotación sexual, trata de personas y cualquier forma de esclavitud. Otro aspecto. Condena también la negativa del agresor a respetar el derecho de la autonomía económica de las mujeres.