Pedro Castillo no “liberó a Antauro Humala”: su condena se redujo en 1 año y 7 meses por redención

Pedro Castillo no “liberó a Antauro Humala”: su condena se redujo en 1 año y 7 meses por redención

Circula la versión de que el maestro emitió una gracia presidencial a favor del etnocacerista. En realidad, el mecanismo de redención depende del mismo preso, ya que se basa en el desarrollo de actividades de estudio y trabajo.

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En el contexto de la inscripción del partido A. N. T. A. U. R. O. (Alianza Nacional de Trabajadores, Agricultores, Universitarios, Reservistas y Obreros) y del indulto a Alberto Fujimori, usuarios difundieron el bulo de que “Pedro Castillo liberó a Antauro Humala”.

En este artículo solo se revisa si Antauro Humala salió libre (o no) debido a una acción oficial o gracia presidencial.

En resumen, el etnocacerista no recibió el indulto presidencial ofrecido por Castillo cuando era candidato. Su condena se redujo debido a que realizó actividades de estudio y trabajo dentro del penal, de acuerdo al comunicado del INPE.

Antauro Humala: cronología de su liberación

En 2009, el hermano de Ollanta Humala fue sentenciado a 25 años de prisión por “homicidio simple, secuestro y rebelión”, según Perú Legal. Cuatro años atrás, el 1 de enero de 2005, el exoficial del Ejército había liderado un levantamiento y tomado la comandancia policial de Andahuaylas, Apurímac. Como resultado del Andahuaylazo, cuatro policías murieron. 

En setiembre del 2011, la Corte Suprema le redujo la pena a 19 años, por lo que debía salir de la cárcel en enero del 2024. Además, confirmó el delito de secuestro agravado, según un artículo de EFE.

El 28 de julio de 2021, Pedro Castillo —quien había prometido indultar al etnocacerista cuando era candidato— asumió la presidencia. Pero la “palabra de maestro” no se cumplió. 

“La Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) declaró improcedente el pedido de indulto para Antauro Humala Tasso” en abril del 2022, reportó El Peruano. El Minjus argumentó entonces que el secuestro era un delito al que no se le podía aplicar la medida, la cual había sido solicitada al mes de que Castillo jurara como jefe de Estado.

La defensa de Antauro presentó un pedido de redención de pena en noviembre del 2021, pero esta le fue denegada.

El recurso fue nuevamente presentado en enero de 2022, según declaró Carmen Huidobro, la abogada de Antauro Humala, a El Peruano. También fue rechazado porque faltaban 10 meses para el cómputo. “En julio se inició un nuevo pedido por redención de pena que ha sido declarado favorable”, refirió al medio en agosto del 2022.

Finalmente, el 20 de agosto de 2022, Antauro Humala salió de la cárcel tras pasar 17 años y ocho meses en ella, de acuerdo a El Peruano. El entonces ministro de Justicia y Derechos Humanos, Félix Chero, refirió que la medida obedecía “a una decisión técnica del Instituto Nacional Penitenciario” (INPE).

“Ha trabajado y estudiado durante su permanencia 3.667 días, lo cual le ha permitido redimir su pena en 1 año y 7 meses”, comunicó el 19 de agosto del 2022 el INPE.

Mecanismo de redención: ¿en qué consiste y quiénes tienen injerencia?

“La redención es una modalidad de rebaja de pena por trabajo o por educación que se hace dentro del penal”, explica el abogado penalista Hugo Mendoza a Verificador de La República. “Sirve para pedir beneficios penitenciarios, semilibertad”, detalla. 

La cantidad de días en libertad que se cuentan por cada día de trabajo o estudio depende de la etapa en la que se encuentre el reo, de acuerdo a Perú Legal. No procede en el caso de delitos vinculados al crimen organizado, a la trata de personas (incluyendo formas agravadas como la explotación sexual), a la violación de la libertad sexual, al proxenetismo y a las ofensas al pudor público, según establece el Texto Único Ordenado del Código de Ejecución Penal.

Mendoza refiere que “el INPE lleva el control para acreditar si efectivamente has trabajado y se envía al Poder Judicial. El Poder Judicial decide para (aprobar) cualquier beneficio”.

Le consultamos a Hugo Mendoza si algún funcionario público podía influir en el mecanismo de redención. En teoría, un congresista podría, por ejemplo, interceder en algún trámite, pero, al final, “depende del mismo preso: él tiene que estudiar, trabajar y hay un control de eso en el INPE”, concluyó el abogado penalista.

Respecto a la legalidad de su liberación (que no es materia de esta nota), La Ley recopiló los argumentos de tres abogados a favor y uno en contra. Por ejemplo, uno de los enunciados en contra, de Carlos Caro, era que la redención debía ser resuelta por el director del penal y no por el Consejo Técnico Penitenciario (CTP). Ante ello, el penalista Daniel Mendoza replicó que una de las funciones del director era encabezar el CTP. Por esa razón no había “problema competencial, ya que el mismo se encuentra presidido por el director”.

Conclusión

Para acceder a la reducción de pena por redención, como fue el caso de Antauro Humala, no se requiere de una gracia presidencial, sino que depende del trabajo del preso. Calificamos la publicación como falsa.

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