No, las vacunas en etapa 3 contra la COVID-19 no son consideradas “peligrosas”, sino seguras

No, las vacunas en etapa 3 contra la COVID-19 no son consideradas “peligrosas”, sino seguras

Especialistas en salud comunicaron que las vacunas aprobadas garantizan seguridad y la capacidad de protección contra la COVID-19.

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Desde diciembre de 2021, se ha difundido en redes sociales una publicación donde se menciona que la aplicación de las vacunas contra la COVID-19, las cuales fueron aprobadas en fase tres, es muy peligrosa.

En el posteo se lee: “Instaurar un régimen de vacunación forzada, respecto de una serie de vacunas que todavía se encuentran en fase 3 (es decir, etapa experimental), es muy peligroso”.

Publicación compartida en Facebook donde, además de mencionar que las vacunas en fase experimental serían peligrosas, se afirma que la presentación de un pase sanitario sería inconstitucional. Fuente: Captura LR Facebook.

Publicación compartida en Facebook donde, además de mencionar que las vacunas en fase experimental serían peligrosas, se afirma que la presentación de un pase sanitario sería inconstitucional. Fuente: Captura LR Facebook.

¿Se pueden aplicar vacunas en fase tres? Sí, son seguras y eficaces.

Actualmente existen dos vías para la aprobación de vacunas: autorización de parte de una autoridad regulatoria nacional, como la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) en Perú, y la inclusión en la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para uso de emergencia.

La OMS explicó que para la aprobación del uso de emergencia de una solución se sigue un protocolo especial para que los medicamentos tengan un orden prioritario de evaluación y la calidad no se vea comprometida.

¿Cómo? La información sobre las vacunas pendientes de aprobación, brindada por cada laboratorio, es examinada por un equipo de evaluación y reguladores que, de ser necesario, llevan a cabo inspecciones in situ en los centros de fabricación.

Bajo esta modalidad, se han aprobado diez soluciones contra la COVID-19. ¿Por qué? La evidencia científica ha demostrado que, luego de que una vacuna llega a la fase tres, ofrece protección contra el virus SARS-CoV-2.

En Perú, Digemid también ha autorizado de emergencia vacunas y productos biológicos contra la COVID-19. Sin embargo, estas autorizaciones se concedieron luego de que los representantes de cada laboratorio cumplieran con la documentación solicitada por esta entidad.

Erika Castillo, PhD en Ciencias Médicas, explicó en una nota anterior que es cierto que las vacunas aprobadas están aún en proceso de experimentación, porque no terminaron la fase tres del ensayo clínico. Sin embargo, eso no compromete su calidad.

La especialista comentó que las soluciones cumplieron cuatro características importantes antes de su autorización: se encontraban en fase tres, reportaron datos de estudios validados sobre su eficacia, mostraron la capacidad de “desarrollar una respuesta inmune” y que los riesgos no sean severos.

Por ello, aclaró que, si una vacuna hubiera sido capaz de comprometer el organismo, “definitivamente” no se aprobaría. Además, expuso que un requisito adicional para la aprobación es que no existan tratamientos alternativos para la COVID-19.

“Si en este momento hubiera un tratamiento contra COVID-19 que ya estuviera confirmado o que ofrezca menos riesgo comparado con una vacuna, entonces tal vez se preferiría optar por ese medicamento y dejar que las vacunas terminen sus ensayos”, añadió Castillo.

Es decir, las vacunas que han sido aprobadas por las autoridades competentes han pasado por una serie de protocolos clínicos para comprobar que son seguras y ofrecen protección.

¿El pase sanitario es inconstitucional? No, debido a que se busca proteger la salud pública.

Aunque la publicación fue compartida inicialmente en Ecuador, se ha hecho viral en las redes sociales peruanas. En el posteo también se indica que pedir una prueba de la vacunación completa contra la COVID-19 es inconstitucional.

Samuel Abad, especialista en derecho constitucional, explicó a Verificador de La República cuando se empezó a presentar de manera errónea un “certificado de exención de vacunación” por qué no es inconstitucional el requisito del carnet de inmunización.

“La finalidad de la restricción es la protección de la salud, lo cual es una medida constitucionalmente legítima”, sustentó Abad. Además, recalcó que para el Gobierno es posible establecer restricciones razonables y proporcionales al objetivo de la medida, como la obligatoriedad del carnet.

Por ello, no es inconstitucional solicitar la presentación de una constancia de vacunación, ya que se está cuidando la salud pública del país.

Conclusión

Es falso que sea “muy peligroso” inmunizar a la población con las vacunas en fase tres. Todas las soluciones que han sido aprobadas han pasado por protocolos clínicos y estudios para comprobar su seguridad, eficacia y protección.

Por otro lado, no va en contra de la carta magna solicitar el carnet de vacunación con las dosis completas debido a que se está velando por la salud pública, medida constitucionalmente legítima.

*Si deseas saber si una publicación en las redes sociales es cierta o falsa, puede pedir a La República que compruebe la información. Envíe su solicitud al apartado Contacto o a nuestro WhatsApp (+51 997 883 271).

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