No, no existe un certificado que permite ingresar a establecimientos sin estar vacunado

No, no existe un certificado que permite ingresar a establecimientos sin estar vacunado

El viceministro de Salud Pública desmintió la versión de las publicaciones virales en redes sociales e indicó que el documentó es ilegal.

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Desde el 2 de diciembre de 2021 circula en redes sociales la fotografía de un supuesto “certificado de exención de vacunación”. La descripción de las publicaciones que comparten el documento explica cómo “defenderse” de la obligación de presentar el carnet de vacunación para entrar a espacios cerrados.

”Certificado de exención de vacunación. 1) Impriman certificado de exención y pongan sus nombres (enmíquenlo). 2) Si te impiden ingreso por ejemplo en supermercado, lo muestras. Si el portero insiste llamas al administrador y pides libro de reclamaciones.(SIC)”, indica el texto que acompaña la foto del supuesto carnet de exención.

Sin embargo, esta información es incorrecta. Desde su publicación, su difusión se ha vuelto masiva y sigue vigente a pesar de ser desmentida por las autoridades.

Documentos que aparecen en la publicación que alienta el uso del supuesto certificado de exención de vacunación. Fuente: Captura LR, Facebook.

Documentos que aparecen en la publicación que alienta el uso del supuesto certificado de exención de vacunación. Fuente: Captura LR, Facebook.

No existe un certificado que permita ingresar a lugares cerrados sin haber sido inoculado.

La República informó, el 13 de diciembre de 2021, que el viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud (Minsa), Gustavo Rosell, aclaró que no existe un “certificado de exención de vacunación”. Este pronunciamiento se dio luego de que diversas personas usaran el documento para ingresar a espacios cerrados sin estar vacunados contra la COVID-19.

“No hay carnet de exención. Aquellos que están dando carnet diciendo que es su derecho no estar vacunado, eso es completamente ilegal, no hay ninguna persona autorizada, ningún funcionario autorizado, y si alguien lo está haciendo, está usurpando funciones y vamos a denunciarlo”, precisó Rosell.

Asimismo, el Ministerio de Salud, a través de sus redes sociales, reiteró que es falso que el supuesto certificado de exención de vacunación “permitirá ingresar a espacios públicos cerrados [sin tener las dosis completas de la vacuna contra la COVID-19]”.

Publicación realizada el 10 de diciembre de 2021 por el Minsa a través de sus redes sociales. Fuente: Captura LR, Facebook.

Publicación realizada el 10 de diciembre de 2021 por el Minsa a través de sus redes sociales. Fuente: Captura LR, Facebook.

Por otro lado, en la imagen del certificado compartido en redes sociales no se observa ningún sello de una autoridad sanitaria. Solo se observa el nombre, firma y número de registro en el Colegio de Abogados de Lima de la abogada Beatriz Mejía Mori.

Segunda hoja del certificado de exención de vacunación publicado en redes sociales. Fuente: Captura LR, Facebook.

Segunda hoja del certificado de exención de vacunación publicado en redes sociales. Fuente: Captura LR, Facebook.

Por tanto, no existe un certificado avalado por las autoridades de Salud en el país que permita ingresar a espacios cerrados sin haber sido inmunizado con las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.

Además, dicho documento no obliga a los establecimientos a aceptar el ingreso de no vacunados debido a que este no está respaldado por las instituciones sanitarias.

¿Es inconstitucional pedir la presentación del carnet de vacunación? No, debido a que la obligatoriedad tiene un fin legítimo: proteger la salud pública.

De acuerdo a las publicaciones virales de Facebook, la obligatoriedad de la presentación del carnet de vacunación con ambas dosis de la vacuna contra la COVID-19 es “inconstitucional” y afecta específicamente dos artículos de la Carta Magna.

Los artículos mencionados son el 2.1 y el 2.24. El 2.1 menciona que las personas tienen derecho a “la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”. El 2.24 indica que “nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”.

Samuel Abad, especialista en derecho constitucional, explicó a Verificador de La República que “no es inconstitucional obligar a presentar el carnet de vacunación” debido a que “ningún derecho es absoluto”. Es decir, cuando se trata de salud pública, es posible establecer limitaciones dentro del sistema democrático.

Asimismo, el especialista recalcó que es posible establecer restricciones razonables y proporcionales al objetivo de la medida establecida por el gobierno como la obligatoriedad del carnet.

“La finalidad de la restricción es la protección de la salud lo cual es una medida constitucionalmente legítima”, concluyó Abad. Por tanto, el argumento de inconstitucionalidad presentado en las publicaciones en Facebook no es válido.

Conclusión

Es falso que exista un documento que permita ingresar a espacios cerrados sin haber recibido la dosis completa de la vacuna contra la COVID-19. Las autoridades de Salud en el país han aclarado que lo difundido en redes sociales es falso y que no hay ningún funcionario para entregar el supuesto certificado de exención.

Por otro lado, Samuel Abad, abogado constitucionalista, explicó que no es “inconstitucional“ pedir la presentación del carnet de vacunación para ingresar a lugares cerrados debido a que la protección de la salud es una medida legítima y que afecta los derechos de todos los ciudadanos.

*Si deseas saber si una publicación en las redes sociales es cierta o falsa, puede pedir a La República que compruebe la información. Envíe su solicitud al apartado Contacto o a nuestro WhatsApp (+51 997 883 271).

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Licenciada en Comunicación y Periodismo por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), con especialización en marketing digital en EUDE Business School. Forma parte de Verificador, nuestra unidad de fact-checking. Cuenta con experiencia como redactora web para medios, redacción publicitaria y editorial.