
Luego de que el congresista fujimorista Fernando Rospigliosi fuera sentenciado a nueve meses de prisión suspendida por el delito de difamación en perjuicio de la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, el miércoles 8 de abril, el partido político Fuerza Popular emitió un pronunciamiento respecto a esta decisión del Poder Judicial.
“Fernando Rospigliosi ha sido condenado por respaldar a policías y fuerzas del orden que defendieron el orden constitucional frente al intento de golpe de Pedro Castillo”, señala el comunicado titulado “persecución a la democracia”.

Comunicado publicado Fuerza Popular en sus redes sociales. Foto: Facebook
No obstante, esa afirmación no coincide con lo que realmente se evaluó en el proceso judicial. La sentencia no analizó la posición de Rospigliosi frente a las fuerzas del orden, sino las declaraciones que dirigió contra la exfiscal de la Nación y cómo estas afectaron su honor y reputación.
PerúCheck tuvo acceso a la querella presentada por el abogado de Delia Espinoza, Julio Huerta, contra Fernando Rospigliosi. En el expediente se solicita su condena por “haber publicado frasesdifamatorias lesivas a la reputación personal” de la exfiscal, en calidad de autor del delito de difamación agravada, contemplado en el artículo 132 del Código Penal.
Las “frasesdifamatorias” mencionadas en la denuncia corresponden a una publicación que Rospigliosi realizó el 7 de julio de 2026 en su cuenta de X, donde calificó a Delia Espinoza como “aliada del terrorismo y de las economías ilegales”.

Publicación de Fernando Rospigliosi que derivó en una denuncia en su contra. Foto: X
La situación a la que alude el exministro del Interior está vinculada a una reunión que sostuvo la entonces fiscal de la Nación con familiares de víctimas de las protestas contra Dina Boluarte ocurridas en 2022 y 2023. Estos casos eran investigados por un grupo especial del Ministerio Público denominado Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales. Cabe destacar que Rospigliosi ha expresado respaldo a policías y militares procesados en estos casos. Incluso, impulsó un proyecto de ley que buscaba eximir de responsabilidad legal a miembros de las fuerzas del orden que participaron en dichas protestas.
Sobre estas declaraciones, el abogado de Espinoza sostiene que lo afirmado por Rospigliosi “en cualquier contexto, resulta lesiva al honor y la buena reputación de cualquier persona, excede los márgenes de la crítica razonable y debe ser sancionada como un delito por lo que representa”.

Querella contra Fernando Rospigliosi interpuesta por la defensa legal de la exfiscal Delia Espinoza. Fuente: PerúCheck
El 7 de abril de este año, el Juzgado Supremo Unipersonal de la Corte Suprema adelantó el fallo contra Rospigliosi, bajo la dirección de la jueza Norma Carbajal Chávez, quien subrayó el conflicto entre el derecho a la libertad de expresión del congresista y el derecho al honor de Delia Espinoza. Sin embargo, en ningún momento se debatió una supuesta defensa de policías o militares.
“Un cuarto tema relevante es distinguir si se trata de opiniones, juicios de valor o de afirmaciones de hechos, para lo cual hay que tomar en cuenta las circunstancias del caso y el tono general de las palabras. Los hechos o las afirmaciones sobre ello en realidad pueden probarse”, explicó la jueza Carbajal Chávez.
En ese sentido, la magistrada precisó que el proceso buscaba determinar si las expresiones del congresista constituían opiniones protegidas o, por el contrario, implicaban un uso "abusivo" del derecho a la libertad de expresión.
“En el presente corresponde determinar si las expresiones determinadas por el querellado tuvieron una base fáctica suficiente capaz de acreditar el interés público de las mismas y en consecuencia constituyeron juicios de valor protegidas por la Convención, o por el contrario se trataron de expresiones que implicaron el ejercicio abusivo del derecho a la libertad de expresión”, precisó.
Asimismo, al desarrollar el análisis del caso, la jueza no hizo referencia a una supuesta defensa de policías o militares por parte de Rospigliosi, sino a la publicación en la que calificó a la exfiscal como “aliada del terrorismo y las economías ilegales”.
Durante la audiencia, la jueza señaló que la decisión se sustentó en el análisis jurídico de las afirmaciones hechas contra Delia Espinoza. Por ello, se examinó con detalle la naturaleza de dichas declaraciones, consideradas directas, ya que Rospigliosi mencionó explícitamente a la exfiscal y no presentó pruebas suficientes que respaldaran lo dicho.
“Respecto a la importancia de la satisfacción del bien protegido por la libertad de expresión, en este caso advertimos que se ha materializado en exceso, toda vez que se expresó que la querellante sería una persona coligada al terrorismo y a actividades económicas que operan al margen de la legalidad como entre otras el tráfico de drogas y la minería ilegal”, indicó.
De esta manera, la sentencia se apoyó exclusivamente en el análisis de estas afirmaciones y su impacto, sin relación con la postura política del congresista ni con un supuesto respaldo a policías o militares. Incluso, en la lectura del adelanto de fallo se hizo referencia al delito de difamación, no a una defensa de las fuerzas del orden.
PerúCheck conversó con el abogado Rodolfo Pérez, integrante del equipo legal de Delia Espinoza encargado de los procesos de inhabilitación en el Congreso, quien señaló que la sentencia evaluó la ausencia de pruebas por parte de Fernando Rospigliosi.
“Él dice que ha ejercido su libertad de expresión y que lo ha hecho como autoridad del Congreso. El tema es que no está en discusión ello. Aquí el asunto es que si en esa crítica puede afirmar que la doctora es aliada de terroristas y de las economías ilegales. ¿El señor Rospigliosi ha presentado alguna evidencia de que los integrantes de la asociación de víctimas de las protestas contra Dina Boluarte en 2022 y 2023 sean terroristas o gestionen economía ilegal? Si no era así, entonces no lo puede afirmar”, explicó.
Según el especialista, al no existir evidencia que respalde acusaciones tan graves, se configura el sustento para considerar la existencia del delito de difamación.
Por su parte, el abogado Roberto Pereira, especialista en libertad de expresión, indicó que el análisis judicial se centró en las frases en las que se vinculaba a Delia Espinoza con actividades delictivas, así como en otros calificativos personales. Por ello, el Poder Judicial evaluó si dichas expresiones estaban protegidas por la libertad de expresión o si constituían un exceso.
Asimismo, precisó que el núcleo del debate jurídico fue el equilibrio entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor, lo que confirma que la sentencia no estuvo relacionada con la postura política del congresista, sino con el contenido de sus declaraciones.
“Lo que se discute es si esas expresiones tienen sustento y si se mantienen dentro de los límites de la crítica. No se discute si defendió o no a la policía”, enfatizó Pereira.
El propio partido Fuerza Popular ha promovido propuestas legislativas para endurecer las sanciones por el delito de difamación, el mismo por el cual fue condenado Fernando Rospigliosi. En 2018, su bancada, a iniciativa del entonces congresista Carlos Alberto Domínguez Herrera, presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 132 del Código Penal.
Se trata del Proyecto de Ley 03990/2018-CR, que planteaba incrementar las penas, especialmente cuando el delito se comete a través de medios de comunicación o redes sociales, como ocurrió en este caso. La propuesta contemplaba penas de entre dos y cuatro años de prisión, además de multas e inhabilitación.

Proyecto de ley presentado por el fujimorismo para endurecer las penas por el delito de difamación. Foto: Congreso de la República
PerúCheck intentó comunicarse con representantes de Fuerza Popular y con el propio Rospigliosi para recoger sus descargos, pero hasta el cierre de esta nota no se obtuvo respuesta.