¿Las protestas deben ser autorizadas por la Municipalidad de Lima 15 días antes? No, y te lo explicamos

¿Las protestas deben ser autorizadas por la Municipalidad de Lima 15 días antes? No, y te lo explicamos

La ordenanza citada por la MML en un comunicado no incluye a protestas ni manifestaciones pacíficas. Aun así, el municipio ocultó los tuits que aclaraban esta información.

Únete al canal de Whatsapp de Verificador

La anunciada 'Tercera toma de Lima', como protesta contra el gobierno de Dina Boluarte, se llevará a cabo este miércoles 19 de julio. A pocos días de la movilización, la Municipalidad de Lima difundió un comunicado, en su cuenta de Twitter, que tiene como fecha el 13 de julio. En él, no menciona explícitamente la 'Toma de Lima', pero indica que "toda actividad o evento en la vía pública" debe contar con una "autorización de interferencia de vías, según la Ordenanza N° 1680-2013-MML". De lo contrario, se podrá aplicar una multa de 1 UIT (S/4.950).

El texto señala otras condiciones para este tipo de eventos, tales como "solicitar la autorización con quince (15) días hábiles de anticipación" o el pago por inspección ocular e interferencia de vía. Sin embargo, ¿qué alcances y límites tiene el comunicado de la entidad edil? ¿Puede la Municipalidad de Lima "desautorizar" la protesta? Aquí te lo explicamos.

 El comunicado fue emitido el 13 de julio, a pocos días de la anunciada 'Toma de Lima'. Foto: captura en Twitter / MuniLima

El comunicado fue emitido el 13 de julio, a pocos días de la anunciada 'Toma de Lima'. Foto: captura en Twitter / MuniLima

La Ordenanza N°1680 no pide autorización para protestar

Pese a que el comunicado no alude directamente a las protestas, tampoco brinda el contexto necesario para comprender en su totalidad la información allí señalada. Así, surgió entre los internautas la duda de si la normativa indicada por el municipio afectaría o no las manifestaciones. En ese sentido, es preciso informar que la misma Ordenanza N°1680-2013-MML (Ordenanza reglamentaria de la interferencia de vías en la provincia de Lima) no exige un permiso para realizar manifestaciones en las calles.

Más específicamente, el artículo 48 de la citada norma estipula que "no se requerirá autorización de interferencia de vías por la realización de manifestaciones y reuniones pacíficas realizados en la vía pública con carácter político".

 Artículo 48 de la Ordenanza N°1680-2013-MML. Foto: captura web

Artículo 48 de la Ordenanza N°1680-2013-MML. Foto: captura web

Asimismo, el derecho "a reunirse pacíficamente sin armas" está protegido por el artículo 2 numeral 12 de la Constitución Política del Perú: "Las reuniones en locales privados o abiertos al público no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vías públicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad públicas".

Incluso, una sentencia del Tribunal Constitucional del año 2005, el Expediente N° 4677-2004-PA/TC, consideró inaplicable por inconstitucional una medida municipal que restringía el derecho de reunión al no permitir concentraciones masivas de personas "que cierren las vías públicas" en el Centro Histórico de Lima. El TC resolvió que "en ningún caso el ejercicio del derecho de reunión (...) puede ser sometido al requisito de autorización previa por parte de la autoridad administrativa (...), la cual solo podrá restringirlo o prohibirlo atendiendo a las concretas circunstancias de cada caso y solo por razones objetivas, suficientes y fundadas".

Entonces, ¿a razón de qué fue publicado el comunicado de la Municipalidad de Lima? Verificador de La República consultó con esta entidad si el comunicado guarda alguna relación con las manifestaciones del próximo 19 de julio. Desde el área de prensa, la municipalidad indicó que el comunicado "es en general, no en específico por la marcha". Sin embargo, esta versión se contradice con el proceder de la cuenta de Twitter de la MML, la cual ocultó las respuestas al comunicado que aclaraban que la ordenanza no anulaba el derecho a la protesta.

Municipalidad de Lima ocultó tuits que añadían contexto sobre el derecho a la protesta

En Twitter, los autores de una publicación tienen la opción de "ocultar las respuestas" a sus tuits, según indica el Centro de ayuda de esta red social. A pesar de estar ocultas, estas respuestas pueden ser leídas por los usuarios haciendo clic en un ícono específico. Al revisar el tuit del comunicado, Verificador constató que la cuenta oficial de la Municipalidad ocultó deliberadamente numerosos tuits, algunos de los cuales aludían a las próximas protestas y ofrecían un mayor contexto sobre los límites de la normativa en cuestión.

Uno de los tuits ocultos, precisamente, aclaraba lo que el comunicado omitió sobre la Ordenanza N°1680-2013-MML: "Menos mal que la protesta no entra en estos supuestos (...) Protestar es un derecho constitucional". Otro tuit reiteraba que la protesta está amparada por la Constitución y que "no se necesita permiso para hacerlo, ni se puede multar a alguien por protestar".

 Los tuits que precisaban el contexto que omitió la Municipalidad de Lima fueron ocultados en Twitter. Foto: captura de Twitter

Los tuits que precisaban el contexto que omitió la Municipalidad de Lima fueron ocultados en Twitter. Foto: captura de Twitter

Pese a que tales publicaciones no incluían ninguna información falsa, sino que, por el contrario, corregían una posible desinformación de parte de la Municipalidad por falta de contexto, la cuenta de Twitter de la Municipalidad decidió que estas aclaraciones debían ocultarse.

Nuevamente, le consultamos a la entidad edil sobre esta medida de ocultar comentarios esclarecedores, y la respuesta que obtuvimos fue la siguiente: "Déjame consultar si es correcto lo que me indicas". Acto seguido, los dos tuits citados líneas arriba fueron retirados de la lista de Respuestas ocultas. No obstante, en dicha lista permanecen ocultos otros tuits que también aclaran la información en cuestión, incluso uno en el que se adjunta una captura de la Defensoría del Pueblo en la que se menciona la protesta como un derecho humano.

En resumen, el hecho de omitir el contexto necesario para entender los alcances de lo estipulado en el comunicado de la MML ―el cual supuestamente no está relacionado con las próximas protestas―, fue realizado con dolo, dado que se ocultó la información que podía aclarar ese contexto faltante.

Del mismo modo, intentamos comunicarnos con Rafael López Aliaga, alcalde de Lima. El burgomaestre, que ha declarado para este medio en anteriores verificaciones, no ha dado sus descargos en esta ocasión.

*Si deseas saber si una publicación en las redes sociales es cierta o falsa, puedes pedir a La República que compruebe la información. Envía tu solicitud al apartado Contacto o escríbenos al WhatsApp (+51 997 883 271).