Es falso que la normativa electoral pida inscribir la plancha presidencial solo con “lineamientos generales del plan de gobierno”, como afirmó Yohny Lescano

Es falso que la normativa electoral pida inscribir la plancha presidencial solo con “lineamientos generales del plan de gobierno”, como afirmó Yohny Lescano

El aspirante a la Presidencia también indicó que, conforme a las actuales reglas de juego de la contienda electoral, presentará su plan de gobierno después.

Únete al canal de Whatsapp de Verificador

En las últimas semanas, el candidato a la presidencia por Acción Popular, Yohny Lescano, ha sido blanco de críticas por plantear públicamente propuestas que no están en su plan de gobierno presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones, documento que, según un estudio del Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad del Pacífico, tiene el porcentaje más bajo de propuestas electorales que compatibilizan con las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.

Bajo ese contexto, Lescano Ancieta declaró, el último lunes 15 de marzo, que la normativa electoral establece que, para la inscripción de su plancha electoral, solo se debe presentar los “lineamientos generales del plan de gobierno”, y que después presentaría el documento “completo”.

“La ley nos pide para inscribir a nuestra plancha presidencial lineamientos generales del plan (de gobierno) y consecuentemente después presentaremos el plan de gobierno completo conforme a la normativa electoral”.

Lo que sostiene este candidato es falso.

A raíz de esta declaración, PerúCheck interrogó al candidato presidencial de Acción Popular, quien señaló que la “normativa electoral” a la que se refiere es el artículo 24 del “Reglamento de inscripción de fórmulas y listas de candidatos para las Elecciones Generales y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2021”, aprobado mediante la Resolución n° 0330-2020 del Jurado Nacional de Elecciones, el cual ratificó, junto con sus compañeros de lista, a través del siguiente comunicado:

Comunicado de plancha electoral de Acción Popular.

Comunicado de plancha electoral de Acción Popular.

Sin embargo, el artículo indicado por el postulante no es el único que se refiere al plan de gobierno.

De acuerdo con el artículo 23 de este reglamento, el Jurado Nacional de Elecciones estableció que, al momento de inscribir las planchas presidenciales, el personero legal de cada partido debe realizar dos acciones con respecto a las propuestas electorales: acceder al sistema Declara y registrar los datos requeridos en el Formato resumen del plan de gobierno, y a adjuntar el archivo digital que contiene el plan de gobierno.

Artículo 23.

Artículo 23.

¿En qué se diferencian ambos documentos? De acuerdo con el artículo 6.19 de ese mismo reglamento, el plan de gobierno es “elaborado y presentado por la organización política en el que propone, con base en un diagnóstico y visión de desarrollo, los objetivos, lineamientos de política, acciones, estrategias y metas en el ámbito nacional”.

Por su parte, el formato resumen es una plantilla digital que los personeros deben completar con el “objetivo de brindar al ciudadano una visión resumida del plan de gobierno presentado al momento de la inscripción de fórmulas y listas de candidatos”.

PerúCheck consultó a los especialistas en temas electorales José Tello y José Villalobos, quienes coincidieron en que el reglamento es claro al indicar que se trata de dos documentos distintos y que ambos se entregan juntos.

En el caso de Acción Popular, según está registrado en el expediente EG. 2021004292 en la plataforma electoral del JNE, su personera legal titular, Marina Vásquez Hurtado, presentó el plan de gobierno, que consta de 26 páginas,  y el formato resumen junto con la solicitud de inscripción de la fórmula presidencia el 22 de diciembre último.

Registro de Acción Popular.

Registro de Acción Popular.

Portada del plan de gobierno presentado por Acción Popular.

Portada del plan de gobierno presentado por Acción Popular.

Fragmento del Formato resumen de plan de gobierno presentado por Acción Popular.

Fragmento del Formato resumen de plan de gobierno presentado por Acción Popular.

Artículo 24

El artículo mencionado por Yohny Lescano y su plancha electoral es el 24, el mismo que está compuesto por cuatro puntos. Ninguno de ellos hace referencia a la presentación del formato resumen ni del plan de gobierno, sino a la publicación de los mismos.

Artículo 24.

Artículo 24.

Cabe mencionar que, según indicó el especialista Villalobos, si Lescano Ancieta llegase a presentar un nuevo documento como plan de gobierno, este ya no sería considerado como tal por el Jurado Nacional de Elecciones, ya que este organismo no permite modificar el documento presentado posterior a la fecha límite de las solicitudes de inscripción de las listas de candidatos, etapa que concluyó el pasado 22 de diciembre.

En su respuesta a PerúCheck, el candidato de Acción Popular dijo que “el plan de gobierno detallado se presentará en su oportunidad”.

Conclusión

Es falso que la normativa electoral pida solo los “lineamientos del plan de gobierno” para la inscripción de candidatos presidenciales, tal como lo indicó el postulante a la presidencia Yohny Lescano.

El Reglamento de inscripción de fórmulas para las Elecciones Generales 2021 indica que los personeros legales deben completar en el sistema Declara del JNE el Formato resumen del plan de gobierno y adjuntar el plan de gobierno propiamente dicho, el mismo que no podrá ser modificado tras la solicitud de inscripción de los candidatos.

Fact-checking elaborado por Teodardo Cervantes de Verificador de La República para la alianza PerúCheck.