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Política

El TLC con EE.UU, las normas ambientales y la reactivación económica post COVID-19

Carlos Trinidad Alvarado (*)

Carlos Trinidad. Asesor Senior en la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.
Carlos Trinidad. Asesor Senior en la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental.

Los impactos económicos de las medidas adoptadas por los gobiernos para mitigar la pandemia del COVID-19, como las cuarentenas o los cierres de fronteras, son múltiples y profundos, pero hay sectores donde la afectación ha sido mayor, como energía, transportes, industrias y las cadenas de suministro. Paradójicamente, estos sectores se encuentran entre los principales emisores de gases de efecto invernadero a la atmosfera (GEI). Esto puede explicar que la cuarentena haya tenido un impacto drástico en la reducción de emisiones de GEI en el Perú y en el mundo. De acuerdo al Ministerio del Ambiente (Minam), las emisiones nacionales disminuyeron en 1,6 millones de toneladas de CO2 durante las 6 primeras semanas.

Sin embargo, estas externalidades positivas para el ambiente son temporales y coyunturales. Por el contrario, como menciona The Economist, es posible que las urgentes medidas de estímulo y reactivación económica en el mundo prioricen la demanda de bienes y servicios altos en emisiones, debido a los costos de la tecnología, la caída de precios de los combustibles, los hábitos del consumo y la infraestructura, entre otros[1]. Además, es hay que considerar que, ya en el pasado, varias políticas y medidas de reactivación económica han debilitado gravemente la institucionalidad ambiental, como la Ley 30230.

Teniendo en cuenta esos posibles escenarios, ¿Cómo se podría evitar que las medidas de reactivación económica post Covid-19 afecten o agraven las condiciones del medio ambiente en el Perú? Hay varias alternativas, pero un mecanismo innovador, sencillo y de alcance decisivo con generadores de política pública (policy makers) es el procedimiento previsto en el Acuerdo de Promoción Comercial Perú - EE.UU (más conocido como TLC) que permite a cualquiera de las partes denunciar la falta de aplicación efectiva de las normas ambientales.

Es así que, a la fecha, este órgano denominado Secretaría para las Solicitudes sobre Asuntos de Cumplimiento Ambiental, cuya sede está en la OEA, Washington DC, tiene dos procesos abiertos por la posible falta de aplicación efectiva de normas ambientales en el Perú, y se encuentra pronto a resolver su primer caso.

La primera de ellas es una denuncia presentada en el 2018 por la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD), debido a que el proceso de aprobación de la Ley 30723, que promueve carreteras en la Amazonía, no cumplió con los estándares ambientales mínimos de carácter nacional e internacional, como la consulta previa.

La segunda denunciada, del 2019, fue presentada por un colectivo de jóvenes por la falta de aplicación de la Ley 28694 que obliga a que los tributos que se aplican a los combustibles fósiles se determinen en función de la nocividad de estos.

Es por ello que este mecanismo resulta muy útil porque permite que el incumplimiento de la legislación ambiental en el Perú sea evaluado por un órgano independiente a los países, técnico y con la competencia para indagar, requerir información a cualquiera de las partes, evaluar profundamente las implicancias de la denuncia y dar una opinión final sobre ello.

Es importante resaltar que cualquier persona, organización, empresa o colectivo puede presentar una solicitud ante este órgano, si considera que hay una ley o norma ambiental que no viene siendo cumplida por el Estado peruano.

¿Cuál es el alcance de este mecanismo? Este no es un mecanismo que resuelve conflictos entre los estados ni un órgano con jurisdicción supranacional, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sin embargo, sus opiniones son efectivas porque tienen la capacidad de generar presión política y mediática con tomadores de decisión, líderes de opinión y funcionarios públicos. Asimismo, es un espacio para monitorear los niveles nacionales de cumplimiento ambiental y mejorar los estándares de rendición de cuentas y accountability verde en el Perú sin necesidad de iniciar largos procesos judiciales o administrativos.

Por último, y no menos importante, los mecanismos como este ponen de relieve la idea de que la sostenibilidad y el medio ambiente son aspectos centrales de las políticas de promoción del comercio en el Perú y el mundo, algo fundamental en estos tiempos.

(*) Asesor Senior en la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental

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