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Economía

Ley del libro con reglamento: monto mínimo para solicitar el reintegro tributario será de 1.075 soles

Ministerio de Cultura también modificó los pasos y requisitos para acceder a la solicitud. Conoce los detalles.

Ley del libro
Ley del libro

El Ministerio de Cultura aprobó este viernes el reglamento del decreto de urgencia 003-2019, que amplió la vigencia de la denominada Ley del libro, el cual exonera del IGV la venta de libros y amplía por un año el beneficio del reintegro tributario para las editoriales.

Al respecto, el Ejecutivo modificó el trámite y los montos mínimos para acceder a la devolución del reintegro tributario. Conoce los detalles:

1.Reducción de plazos: La Biblioteca Nacional ahora tendrá solo 20 días hábiles para proporcionar al y la solicitante una certificación respecto a la verificación efectuada sobre el uso de las importaciones o adquisiciones de las empresas editoriales en la ejecución de Proyectos editoriales. De ser así, la BN remitirá a la Sunat, copia de dicha certificación conjuntamente con la relación detallada de las facturas, notas de débito o notas de crédito, tratándose de adquisición local o Declaración Aduanera de Mercancías y demás documentos de importación, según sea el caso.

2.¿Quiénes podrán acceder?

El reintegro tributario podrán solicitarlo los editores y editoras de libros, cuyos ingresos netos anuales sean hasta 150 UIT (795 mil soles). Al respecto, se precisó que los ingresos netos anuales comprenden el monto acumulado de los últimos 12 meses hasta el último día del mes precedente a la fecha que se presente la solicitud de reintegro tributario.

En el caso que él o la contribuyente tenga menos de 12 meses de actividad económica, se deberán considerar todos los periodos del mes precedente al anterior al mes en que presenta su solicitud.

Hubieran encontrado en más de un régimen tributario respecto de las rentas empresariales, deberán sumar todos los ingresos netos dentro de los periodos antes señalados. Asimismo, se considerarán las declaraciones rectificatorias que hayan surtido efecto a la fecha de la presentación de la solicitud.

3. Los requisitos: El Ministerio de Cultura ahora solicitará que las adquisiciones materia del beneficio se respalden únicamente en comprobantes de pago electrónicos tratándose de adquisiciones locales o Declaración Aduanera de Mercancías y demás documentos de importación.

Asimismo, que el valor total del impuesto consignado en cada uno de los documentos, que haya gravado la adquisición y/o importación del insumo, materia prima o el bien de capital y servicios según corresponda, no deberá ser inferior a 0.02 UIT.

4. Condiciones: Por último, se dispuso que el monto mínimo del impuesto que deberá acumularse para solicitar la devolución es de 0.25 UIT (1.075 soles), vigente al momento de presentación de la solicitud.

5. Aplicación: Las nuevas modificaciones al capítulo de reintegro tributario en el marco de la ley del libro, se aplicará a las solicitudes que a partir de hoy se ingresen. Las que ya estaban en trámite, se regirán por la normativa anterior.

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