En redes sociales circula una publicación en la que se asegura que el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que el 11 de diciembre fue aprobado por la Cámara de Diputados en Argentina y pasará al Senado para su legalización definitiva, habilitaría abortos hasta el noveno mes de gestación. Sin embargo, esto es engañoso.
El proyecto reafirma lo estipulado en el Código Penal, la despenalización del aborto en cualquier etapa del embarazo para mujeres que hayan sido violentadas sexualmente y para aquellas en las que suponga un riesgo de vida. Entonces, este sí contempla la excepción para personas gestantes, pero solo en los casos referidos anteriormente.
En menos de una semana, el post ha sido compartido más de 1.200 veces en Facebook, mientras que en Twitter, donde inicialmente fue publicado, tiene más de 12.916 interacciones.
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En el primer artículo establece que toda mujer o persona con capacidad de gestación tiene el “derecho a decidir voluntariamente y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las catorce (14) semanas, inclusive, del proceso gestacional”.
Además, otros artículos mencionan que la atención debe ser brindada por un/a profesional de la salud calificado/a para este tipo de procedimientos, solo con el consentimiento informado de la persona, sin una autorización judicial previa.
Asimismo, la información debe ser objetiva, confiable, accesible, actualizada y laica, evitar estigmatizaciones o manipulación de algún tipo.
Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina
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En el artículo 4 es donde se señala que más allá de los plazos establecidos en el artículo 1 (14 semanas), toda mujer o disidencias puede ejercer su derecho al aborto legal, seguro y gratuito en los siguientes casos:
No obstante, esto ya está establecido en el artículo 86 del Código Penal argentino, que entró en vigencia en 1922. Allí se menciona que las excepciones por las que el aborto no es penado son dos: cuando el fin es “evitar un peligro para la vida o la salud de la madre”, lo que se considera como aborto terapéutico, y cuando “el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor”.
En esta última excepción, el Código Penal solo lo establecía cuando la mujer tenía problemas mentales y el procedimiento debía ser autorizado por su representante legal. En el proyecto de ley actual se ha ampliado ello para que cualquier persona gestante pueda acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación, sin importar las semanas de gestación.
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El Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, propuesto en Argentina, no establece un aborto legal, seguro y gratuito hasta los 9 meses de gestación para todas las mujeres y disidencias. Esta excepción, ya establecida en el Código Penal desde 1922, ha sido reafirmada en el proyecto de ley solo para aquellas personas en las que la continuación del embarazo suponga un riesgo de vida y para las que hayan sido violentadas sexualmente.
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