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Sociedad

Santa Rosa: adulto mayor con dificultades para caminar cobrará su Pensión 65

¡Buena noticia! Personal del Midis acudió a su hogar e inició el trámite para que una tercera persona pueda cobrar el subsidio del Estado por él.

Hija de usuario de Pensión 65 cobrará su dinero. Foto: Midis
Hija de usuario de Pensión 65 cobrará su dinero. Foto: Midis

El reciente fin de semana un adulto mayor de 76 años que presenta problemas de salud pedía ayuda al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) para cobrar el dinero de su Pensión 65. Andrés Cárdenas, debido a un reumatismo en sus rodillas, no podía movilizarse desde lo alto de su vivienda ubicada en el distrito de Santa Rosa hasta alguna agencia del Banco de la Nación.

Para recibir su subsidio tenía que pagarle a sus vecinas por el apoyo. La última vez abonó 40 soles ida y vuelta para que lo lleven a la entidad financiera.

Luego de la publicación en los medios de comunicación, un promotor del programa social acudió a su domicilio y lo asesoró para que su hija pueda cobrar el dinero bajo la figura de tercera persona autorizada. “Ella podrá recibir la subvención en el banco y luego me lo dará”, señaló el beneficiado.

¿Cómo un tercero puede cobrar mi Pensión 65?

El Midis explica que hay unos 33.645 usuarios de Pensión 65 que cobran los S/ 250 bimestrales a través de terceros autorizados. Esto solo aplica para aquellos que por motivos de salud no puedan acudir a las agencias del Banco de la Nación y que estén en pleno uso de sus facultades mentales.

Si deseas autorizar a un tercero para que cobre tu pensión, debes cumplir los dos anteriores requisitos. Si eres de Lima o Callao, puedes presentar tu solicitud en la Mesa de Partes física de Pensión 65, ubicada en la avenida República de Panamá 3505, piso cinco, San Isidro. Para regiones en las sedes de las unidades territoriales del programa o enviando la documentación virtual en este enlace.

El último paso es que el personal del programa visite tu hogar, verifique datos y eleve tu trámite para que el tercero asignado reciba la autorización de cobro mediante una resolución directoral de Pensión 65.

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