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Sociedad

Exrectores Unsa quedan limpios en caso Atlético Universidad

Sentencia. Sala de Apelaciones declaró infundado pedido de reparación Civil por S/ 800 mil por perjuicio a la Unsa. Fallo evidencia deficiencia de pruebas y falta de diligencia por parte de Procuraduría Anticorrupción. En 2016, Juzgado Unipersonal absolvió a Valdemar Medina y Rolando Cornejo de delito por peculado doloso.

Elizabeth Huanca Urrutia

Los exrectores de la Universidad Nacional de San Agustín (Unsa), Rolando Cornejo Cuervo y Valdemar Medina Hoyos fueron absueltos de los delitos de peculado doloso y el pago de una reparación civil de S/ 800 mil por el caso “Atlético Universidad”.

El 31 de agosto de 2021, la Tercera Sala Penal de Apelaciones de Arequipa confirmó la sentencia de primera instancia de mayo último, que declaró infundado el pago de reparación civil formulada por la Procuraduría Pública Anticorrupción, con lo que el litigio que data de hace 10 años estaría casi agotado. No obstante, el caso puede ser elevado a casación en la Corte Suprema.

Ambas exautoridades eran acusadas de “haberse apropiado” de más de S/ 662 mil de la casa universitaria y destinarlos indebidamente al club Atlético Universidad entre 2003 y 2005.

Cornejo Cuervo y Medina Hoyos, además de ejercer el cargo de rector y vicerrector respectivamente, eran presidente y vicepresidente del club, por lo que - de acuerdo a la acusación fiscal - generaron perjuicio económico a dicha entidad estatal.

Historia del proceso

El proceso inició en abril de 2011. La fiscalía pidió para ambos funcionarios la pena de 8 años de cárcel, la inhabilitación por 3 años del ejercicio público y el pago de S/ 800 mil por daños y perjuicios a la universidad. La defensa de este último pedido fue asumida por la Procuraduría Anticorrupción.

El debate central del juicio se centró en determinar si el club Atlético Universidad era un ente público o privado. Además, se cuestionó la incorporación en planillas de la Unsa de jugadores del mencionado club.

En juicio, se determinó que el club Atlético Universidad era parte de Unsa desde 1996 y en 2001 fue incorporado como proyecto para lo cual se destinó presupuesto inicial, por lo que no era un ente privado. No obstante, el principal argumento de la defensa de los imputados, a cargo de Aldo Ramos y Lorena Chávez, apuntó a que todos los préstamos y encargos se realizaron con aprobación del Consejo Universitario.

En ese contexto, en setiembre de 2016 “al no haberse acreditado con grado de certeza” la acusación, el Segundo Juzgado Unipersonal de la Corte de Arequipa, absolvió a Cornejo y Medina. La Fiscalía no apeló la sentencia en lo relacionado a la acusación penal por lo que quedó consentida, sin embargo, la Procuraduría sí lo hizo. Argumentó que no hubo un pronunciamiento firme sobre la reparación civil.

En abril del 2018, la Tercera Sala de Apelaciones declaró nula la sentencia en el extremo de la reparación civil y ordenó un nuevo proceso para debatir si ambos funcionarios debían o no pagar los S/ 800 mil por perjuicio económico a la Unsa.

Falta de diligencia

En el nuevo proceso que inició este año, el Juzgado Penal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, desestimó la pretensión pecuniaria. El magistrado Eddy Leva Cascamayta, determinó que al no haberse acreditado que los imputados “se hayan apropiado de los dineros de la universidad (…) no queda plenamente establecido la existencia del daño patrimonial”.

En la sentencia llama la atención un aspecto. El magistrado hace hincapié “que no se ha actuado pericia contable que determine el valor del daño patrimonial”. La Procuraduría apela la sentencia alegando falta de motivación y vulneración del derecho defensa.

El martes de la semana pasada, la Tercera Sala de Apelaciones confirmó la sentencia, declarando infundada la pretensión civil. Descartó, además que se vulnerara la debida defensa.

De la resolución se desprende que no hubo la debida diligencia por parte de la Procuraduría al no obrar pruebas que acrediten el daño patrimonial a la Unsa. El colegiado resalta que no se mostraron pruebas contundentes, como comprobantes de pago, pero sobre todo una pericia contable que demuestren montos exactos del perjuicio.

Estos documentos, claves en la pretensión de la institución, “no fueron remitidos de manera oportuna por el Ministerio Público, ya que eran ellos quienes tenían los documentos bajo cadena”, refiere la sentencia. Recién el16 de abril de 2021, el Procurador observó que las pruebas no estaban incorporadas en el proceso, lo que supone negligencia.

Fuentes de la Unsa, que no es parte del proceso, reconocen deficiencias en los argumentos mostrados de la Procuraduría. “Lamentablemente no se ha mostrado una pericia contable, sin ello el Poder Judicial no puede determinar un perjuicio”, señalaron.

Nuevo juicio por el mismo caso en marcha

En 2013, la fiscalía planteó un nuevo proceso por el caso “Atlético Universidad”. Los argumentos de acusación insisten en que las transferencias hechas a favor del club fueron ilegales por lo que solicita 5 años de cárcel para Rolando Cornejo y Valdemar Medina. Además se busca una reparación civil de más de S/ 4 millones.

En febrero de 2019, el juez Max Bengoa, declaró culpables a las ex autoridades, quienes apelaron el fallo. En noviembre de ese año la sentencia quedó anulada por una Sala de Apelaciones por lo que se dispuso un nuevo juicio, que actualmente está en marcha.

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