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Sociedad

SJM: dictan 25 años de cárcel a sujeto que abusó de una menor de 12 años

Henry Eulogio Crispín Rodríguez deberá pagar 20.000 soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.

El Poder Judicial ordenó 25 años de pena privativa de la libertad efectiva contra un sujeto que abusó sexualmente de una menor de edad. El pedido se logró por la Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur.

Henry Eulogio Crispín Rodríguez fue hallado culpable del delito contra la libertad sexual, violación sexual de menor de edad en agravio de una menor (12). Asimismo, el acusado deberá pagar 20.000 soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.

La entidad indicó que la menor señaló que el imputado la amenazó y obligó a tener relaciones íntimas contra su voluntad.

¿Dónde pedir ayuda ante casos de violencia?

Si usted ha sido o conoce a alguien que ha sido afectado o involucrado en hechos de violencia familiar o sexual, puede comunicarse de manera gratuita a la Línea 100 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que cuenta con un equipo especializado en “brindar información, orientación y soporte emocional”.

Además, la Línea 100 tiene la facultad de derivar los casos de violencia familiar o sexual más graves a los Centros de Emergencia Mujer o al Servicio de Atención Urgente.

¿Cómo sanciona nuestro código penal el delito de violación sexual a un menor de edad?

Según el Código Penal, el que ejerce violencia sexual contra un menor de edad será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad:

  • Si la víctima tiene menos de siete años, la pena será cadena perpetua.
  • Si la víctima tiene de siete años a menos de diez, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años.
  • Si la víctima tiene de diez años a menos de catorce, la pena será no menor de veinte ni mayor de veinticinco años. Si el agente tuviere cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a depositar en él su confianza, la pena será no menor de treinta años para los supuestos previstos en los incisos 2 y 3.

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